AYUNTAMIENTO DE YUNQUERA DE HENARES
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Por Acuerdo del Pleno de fecha 06/02/2026, se aprobó definitivamente la relación de bienes y derechos afectados así como la necesidad de ocupación de los bienes relativos al expediente de expropiación forzosa de la parcela sita en la Avenida de Málaga N.º 46, con referencias19401A001001310000PP y 5323503VL8152S0001DP, cuyo titular es CORAL HOMES, S.L, lo que se publica a los efectos del artículo 21 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
«PRIMERO. Aprobar con carácter definitivo la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos a ocupar necesariamente para la ejecución de las obras, y que se expresan al final de este Acuerdo, así como la designación nominal de los interesados con los que han de entenderse los sucesivos trámites.
SEGUNDO. Considerar que, con lo actuado, queda demostrada la necesidad de ocupación de los bienes y derechos a que se refiere este expediente, y, por tanto, acordar la necesidad de ocupación de los mismos, considerando que este Acuerdo inicia el expediente expropiatorio.
TERCERO. Proceder a la publicación de este Acuerdo en la forma en que se refiere el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa, abriendo información pública durante un plazo de quince días en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia y en uno de los diarios de mayor circulación de la Provincia, con notificación personal a los interesados, invitándose a los mismos para que, en el plazo de quince días,propongan un precio que propicie la adquisición por mutuo acuerdo.
CUARTO. Solicitar al Registro de la Propiedad la inscripción del procedimiento expropiatorio mediante nota al margen de conformidad con el artículo 32 del Decreto de 14de febrero de 1947 por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario.
QUINTO. Notificar el presente acuerdo.».
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante El Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Yunquera de Henares, a 16 de febrero de 2026. Documento firmado por el Alcalde, Lucas Castillo Rodriguez.





