CONSORCIO PARA SERVICIO DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS, PROTECCIÓN CIVIL Y SALVAMENTO DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA (CEIS GUADALAJARA)
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Por medio del presente anuncio se hacen públicas la convocatoria y bases reguladoras aprobadas por Decreto de Presidencia 2026-0029, de fecha 5 de febrero de 2026, para la provisión mediante concurso general de méritos de 26 puestos vacantes de bombero especialista conductor mecánico, vacantes en el Consorcio para el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios, Protección Civil y Salvamento de la Provincia de Guadalajara. Las bases mencionadas son las que a continuación se reproducen:
BASES REGULADORAS DEL CONCURSO GENERAL PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE BOMBERO ESPECIALISTA CONDUCTOR MECÁNICO VACANTES EN EL CONSORCIO PARA EL SERVICIO DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS, PROTECCIÓN CIVIL Y SALVAMENTO DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA (CEIS)
PRIMERA: Participación.
Podrán participar en el presente concurso los funcionarios de carrera del CEIS que pertenezcan a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Servicios de Extinción de Incendios y Salvamentos, con la categoría de Bombero Especialista Conductor Mecánico.
PUESTOS DE TRABAJO CONVOCADOS.
Los puestos convocados figuran en el Anexo I, recogiéndose en el Anexo III la descripción de éstos contenida en la RPT.
En las convocatorias generales también figurará un anexo de resultas para la adjudicación de puestos (Anexo II). Esta fase de resultas queda condicionada, en todo caso, a que los puestos incluidos queden vacantes como consecuencia del proceso de adjudicación de puestos en el propio concurso, siempre que estos puestos no tengan la consideración de “a amortizar”.
SEGUNDA: Situaciones administrativas de las personas participantes.
1. Podrán participar en esta convocatoria los funcionarios de carrera del CEIS, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure el período de suspensión.
Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés particular (artículo 89.1.a) del TREBEP) y excedencia voluntaria por agrupación familiar (artículo 89.1.b) del TREBEP), sólo podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación el día de la terminación del plazo de presentación de instancias.
2. Los funcionarios con destino definitivo deberán permanecer en cada puesto de trabajo de destino definitivo un mínimo de dos años para poder participar en el concurso, salvo que:
- Hayan sido removidos de su anterior destino obtenido por libre designación o concurso antes de haber transcurrido dos años desde la correspondiente toma de posesión.
- Procedan de un puesto de trabajo suprimido.
- Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado de familiares durante el período de excedencia sólo podrán participar si en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino obtenido.
- Concursen a un puesto ubicado en distinta localidad a la del puesto en la cual se tiene el destino definitivo.
3. Los funcionarios que hayan accedido a otro Grupo o Escala por promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que desempeñaban se les computará el tiempo de servicio prestado en dicho puesto en la Escala o Grupo de procedencia a efectos de lo dispuesto en el número anterior.
4. Los funcionarios en servicio activo con destino provisional, salvo los que se hallen en comisión de servicios, estarán obligados a participar en el presente concurso, solicitando como mínimo todas las vacantes a las que puedan acceder por reunir los requisitos establecidos en esta convocatoria.
5. Los funcionarios sin destino definitivo a que se refiere el punto anterior que no obtengan vacante podrán ser adscritos a cualquier vacante que exista.
6. Los funcionarios en servicio con destino provisional y excedencia forzosa están obligados a concursar de acuerdo con lo establecido en los artículos 117.3 y 118.3 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.
7. Los funcionarios de las Escalas que tengan reservados puestos en exclusiva no podrán participar en concursos para cubrir otros puestos de trabajo adscritos con carácter distinto.
TERCERA: Baremo de méritos.
La valoración de los méritos para la adjudicación de puestos se efectuará de acuerdo el siguiente
BAREMO DE MÉRITOS:
ANTIGÜEDAD EN EL CONSORCIO PARA EL SERVICIO DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS, PROTECCIÓN CIVIL Y SALVAMENTO DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA:
Se valorará la antigüedad en el CEIS Guadalajara en las categorías de Bombero Especialista Conductor Mecánico y Bombero Conductor Mecánico por meses de servicio completos, a razón de 0,33 puntos por mes de servicio.
CUARTA. -Valoración de méritos para funcionarios en servicio activo con destino provisional.
No serán de aplicación el baremo anterior a los funcionarios en servicio activo con destino provisional por nuevo ingreso, determinándose su orden de prelación a los efectos del concurso general de provisión de puestos por el orden establecido para cada uno en la calificación final de la oposición.
QUINTA. -Acreditación de méritos.
Los méritos relativos al baremo establecido en la base tercera se acreditarán de oficio mediante certificación o documento suficiente del área administrativa del CEIS en base al expediente de los interesados (o de la Administración de origen, en su caso). Si existiese discrepancia con los datos aportados por los aspirantes se dará traslado a los interesados.
SEXTA: Consideraciones sobre requisitos y méritos.
1. Los requisitos, méritos y cualesquiera otros datos deberán estar referidos a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.
2. Los concursantes que procedan de la situación de suspenso, acompañarán a su solicitud documentación acreditativa de la terminación de su período de suspensión.
3. Los excedentes voluntarios por interés particular acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
SÉPTIMA: Solicitudes condicionadas.
En el supuesto de estar interesados en las vacantes que se anuncian en este concurso dos funcionarios que presten servicio en otros municipios, aunque pertenezcan a distintos Grupos o Escalas, podrán condicionar su petición por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos obtengan destino en este concurso en el mismo municipio, entendiéndose en caso contrario anuladas las peticiones formuladas por ambos. Los concursantes que se acojan a esta petición condicional deberán acompañar a su instancia una fotocopia de la petición del otro.
OCTAVA: Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
Las solicitudes para tomar parte en los concursos se dirigirán al Sr. Presidente del CEIS, se ajustarán al modelo publicado como Anexo IV, y se presentarán, preferentemente de forma telemática, en el Registro General del CEIS, o en los Registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
La cumplimentación de este anexo IV deberá seguir rigurosamente las instrucciones que en él se contiene a pie de página o al dorso.
Acabado el plazo de presentación de instancias, las solicitudes formuladas vincularán a los peticionarios, sin perjuicio de lo dispuesto en la base décima de esta convocatoria
NOVENA: Forma de efectuar la valoración de los méritos.
La valoración de los méritos se efectuará conforme a lo establecido en el art. 44 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. En caso de empate en la puntuación total, se tendrá en cuenta por la Comisión de Valoración a efectos positivos, el mayor tiempo de servicios prestados como Bombero Especialista Conductor Mecánico, o puesto asimilable, en otros Consorcios o Servicios de Bomberos. De persistir el mencionado empate, se acudirá, para dirimirlo, a lo dispuesto en el artículo 44.4 del citado Reglamento.
Los puestos de trabajo incluidos en la convocatoria no podrán declararse desiertos, excepto cuando, como consecuencia de una reestructuración, se hayan amortizado o hayan sufrido modificación en sus características funcionales, orgánicas o retributivas. En este último caso el puesto modificado será incluido en la siguiente convocatoria.
De conformidad con el art. 57 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, el tiempo que las personas candidatas hayan permanecido en los permisos y beneficios de protección a la maternidad, paternidad y a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, computará en los correspondientes méritos específicos.
DÉCIMA: Comisión de Valoración.
Los méritos serán valorados por una comisión, cuya composición se ajustará, en la medida de lo posible, al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo con la normativa vigente en materia de igualdad.
La Comisión de Valoración estará integrada por los miembros titulares que se indican a continuación y sus respectivos suplentes, todos ellos funcionarios de carrera:
- Un funcionario de carrera del Área de Recursos Humanos, de Secretaría General o de Asesoría Jurídica del ente matriz, que actuará de presidente de la Comisión.
- El Director Técnico, o funcionario del CEIS con categoría de oficial o sargento en quien delegue.
- Dos funcionarios de carrera expertos en la materia. La Junta de Personal propondrá a uno de ellos como vocal de la Comisión de Valoración, quien no ostentará representación alguna de dicha Junta u organización sindical y actuará a título individual; pudiendo asistir, además, como observadores, con voz, pero sin voto, un representante de cada uno de los sindicatos más representativos a nivel del Consorcio.
- El Secretario General de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y voto, como secretario de la Comisión.
En el caso del vocal propuesto por la Junta de Personal, si no se formulara la propuesta de nombramiento en el plazo de diez días hábiles desde la petición, se entenderá que dicho órgano colegiado ha decaído en su opción.
Todos los miembros de la Comisión deberán pertenecer a cuerpos o escalas de subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados.
La Comisión podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de expertos en calidad de asesores, que actuarán con voz, pero sin voto.
La Comisión propondrá a los candidatos que hayan obtenido mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida para cada puesto.
Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el acta que se levantará al efecto.
DECIMOPRIMERA: Renuncias y desistimientos a la participación en el concurso.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y, en todo caso, hasta la fecha de constitución de la comisión de valoración del concurso, se permitirá la renuncia parcial o total a la solicitud de participación. De la fecha de constitución se dará publicidad con la suficiente antelación.
DECIMOSEGUNDA: Listados provisionales de méritos y propuesta de adjudicación provisional de plazas.
La Comisión de Valoración, toda vez que proceda a la valoración de las solicitudes, publicará la propuesta de baremación y adjudicación provisional de los puestos objeto de concurso. Dichas propuestas provisionales serán publicadas en el Tablón de Anuncios del CEIS y en la Sede electrónica.
Los interesados podrán, en el plazo de diez días hábiles y ante la Comisión de Valoración del concurso, alegar y justificar lo que consideren pertinente. La Comisión de Valoración elevará propuesta de resolución definitiva con las puntuaciones obtenidas y los destinos adjudicados, a la persona que ejerza la Presidencia del Consorcio quien, a la vista de ésta, dictará la resolución correspondiente.
DECIMOTERCERA: Destinos.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo caso deberá comunicarse por escrito.
Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
DECIMOCUARTA: Resolución del concurso.
La convocatoria se resolverá por Decreto del Presidente del CEIS en un plazo máximo de seis meses desde el día siguiente al de finalización de la presentación de instancias, y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en la sede electrónica del CEIS y en el Tablón de Anuncios, salvo que concurran las circunstancias expuestas en la base quinta apartado 5, en cuyo caso podrá procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados directa o indirectamente por estas circunstancias. Se notificará a los concursantes propuestos.
La resolución deberá expresar necesariamente, como mínimo, el puesto de origen de los interesados a quienes se les adjudique destino, así como su grupo y subgrupo de clasificación (artículo 76 del TREBEP), con indicación de localidad, nivel de complemento de destino y, en su caso, situación administrativa de procedencia.
La resolución del concurso se motivará con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria. En todo caso deberán quedar acreditadas en el procedimiento como fundamentos de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos.
De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, las Directivas Comunitarias 2002/73/CE y 76/207/CEE y con el contenido de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, el CEIS lleva a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso del empleo, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo.
El personal que obtenga destino a través de este concurso no podrá participar en concursos de traslados que convoquen tanto el CEIS como otras Administraciones Públicas hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión del puesto adjudicado, salvo en los supuestos de cese de puesto de libre designación, supresión de puesto o remoción (art. 68.6 de la Ley 4/2011 citada) o en el caso de que se concurse a un puesto ubicado en distinta localidad a la del puesto en la cual se obtuvo el destino definitivo.
El plazo de toma de posesión o, en su caso, de la firma de la correspondiente novación contractual, del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión se contará a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial de la Provincia, así como el cambio de la situación administrativa que en cada caso corresponda. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo del plazo para el cese se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados. Todo funcionario que haya cursado solicitud para el presente concurso está obligado a dar traslado por escrito de dichos permisos o licencias al órgano al que hace referencia la base sexta de esta convocatoria. En este caso el órgano convocante puede acordar la suspensión del disfrute de los mismos.
La Vicepresidencia del CEIS podrá, no obstante, acordar la prórroga de su cese por necesidades del servicio de hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse ésta al área administrativa del Consorcio.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, el Presidente podrá conceder prórroga de incorporación de hasta veinte días hábiles si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita el interesado por razones justificadas.
DECIMOQUINTA: Comunicación de destinos.
Los destinos adjudicados serán comunicados al área administrativa del CEIS, así como a los servicios de procedencia y destino del concursante seleccionado.
DECIMOSEXTA: Requerimiento de aclaraciones o documentación adicional.
En cualquier momento del proceso podrán recabarse formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estimen necesarias para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada valoración.
DECIMOSÉPTIMA: Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
PUESTOS VACANTES CONVOCADOS
El listado de puestos de trabajo vacantes es el que a continuación se relaciona:
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DATOS PUESTOS CONVOCADOS |
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CÓD. |
DENOMINACIÓN DEL PUESTO |
ESCALA/SUBESCALA/CLASE |
GRUPO |
NIVEL |
VACANTES |
PARQUE DE BOMBEROS |
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191009 |
BOMBERO ESPECIALISTA CONDUCTOR MECÁNICO |
ADMINISTRACIÓN ESPECIAL/SERVICIOS ESPECIALES/EXTINCIÓN DE INCENDIOS |
C1 |
20 |
6 |
AZUQUECA DE HENARES |
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191012 |
BOMBERO ESPECIALISTA CONDUCTOR MECÁNICO |
ADMINISTRACIÓN ESPECIAL/SERVICIOS ESPECIALES/EXTINCIÓN DE INCENDIOS |
C1 |
20 |
1 |
MOLINA DE ARAGÓN |
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191018 |
BOMBERO ESPECIALISTA CONDUCTOR MECÁNICO |
ADMINISTRACIÓN ESPECIAL/SERVICIOS ESPECIALES/EXTINCIÓN DE INCENDIOS |
C1 |
20 |
1 |
SIGÜENZA |
|
191015 |
BOMBERO ESPECIALISTA CONDUCTOR MECÁNICO |
ADMINISTRACIÓN ESPECIAL/SERVICIOS ESPECIALES/EXTINCIÓN DE INCENDIOS |
C1 |
20 |
18 |
SACEDÓN |
PUESTOS FASE DE RESULTAS
El listado de puestos en fase de resultas que se convocan es el que a continuación se relaciona:
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DENOMINACIÓN DEL PUESTO |
ESCALA / SUBESCALA / CLASE |
GRUPO |
NIVEL |
COD.PUESTO |
PARQUE DE BOMBEROS |
|
BOMBERO ESPECIALISTA CONDUCTOR MECÁNICO |
ADMINISTRACIÓN ESPECIAL/SERVICIOS ESPECIALES/EXTINCIÓN DE INCENDIOS |
C1 |
20 |
191009 |
AZUQUECA DE H. |
|
191012 |
MOLINA DE A. |
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|
191018 |
SIGÜENZA |
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191015 |
SACEDÓN |
DESCRIPCIÓN DE LOS PUESTOS CONVOCADOS CONTENIDA EN LA RPT.
BOMBERO ESPECIALISTA - CONDUCTOR - MECÁNICO
Prevención, control y extinción de incendios, servicios de emergencia médica básica, respuesta a situaciones que involucran materiales peligrosos, búsqueda y rescate de personas, y asistencia en casos de desastre.
Funciones: las especificadas en el catálogo del CEIS GUADALAJARA
SOLICITUD
PARA TOMAR PARTE EN EL CONCURSO GENERAL PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE BOMBERO ESPECIALISTA CONDUCTOR MECÁNICO DEL CEIS GUADALAJARA
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INDIQUE LA CONVOCATORIA A LA QUE SE PRESENTA Y FECHA DE PUBLICACIÓN DE LA MISMA EN EXTRACTO EN EL B.O.P. |
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DATOS PERSONALES:
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NOMBRE |
APELLIDOS |
D.N.I. |
CORREO ELECTRÓNICO |
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DOMICILIO (Avda. Calle Plaza, etc.) |
LOCALIDAD |
CÓD. POSTAL |
TELÉFONOS |
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MÓVIL: |
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FIJO: |
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DATOS ADMINISTRATIVOS:
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SITUACIÓN ADMINISTRATIVA ACTUAL: |
SERVICIO ACTIVO EN EL C.E.I.S. EN OTRA ADMINISTRACIÓN SERVICIOS ESPECIALES SUSPENSIÓN DE FUNCIONES |
SERVICIO EN OTRAS ADMINISTRACIONES EXC. VOL. INT. PART. (Mas de 2 años) EXC. VOL. AGRUPACIÓN FAMILIAR (Mas de 2 años) EXC. VOL. CUIDADO FAMILIARES (Mas de 2 años) OTRAS: ________________________________________ |
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DENOMINACIÓN DEL PUESTO ACTUAL: |
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CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DEL PUESTO ACTUAL:
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DESTINO DEFINITIVO (Mínimo de 2 años, si no indicar excepción) Ser removido del destino obtenido Proceder de un puesto suprimido HABER ACCEDIDO POR PROMOCIÓN INTERNA O INTEGRACIÓN Y PERMANECER EN EL PUESTO QUE DESEMPEÑABA DESTINO PROVISIONAL REINGRESO MEDIANTE ADSCRIPCIÓN PROVISIONAL |
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SERVICIO O ÁREA FUNCIONAL AL QUE PERTENECE EL PUESTO: |
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PUESTOS SOLICITADOS EN FASE DE CONCURSO:
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ORDEN PREFERENCIA |
CÓDIGO PUESTO |
DENOMINACIÓN |
LOCALIDAD |
OTROS DATOS |
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PUESTOS SOLICITADOS EN FASE DE RESULTAS:
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ORDEN PREFERENCIA |
CÓDIGO PUESTO |
DENOMINACIÓN |
LOCALIDAD |
OTROS DATOS |
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* Nota: La fase de resultas queda condicionada, a que los puestos incluidos queden vacantes como consecuencia del proceso de adjudicación de puestos en el propio concurso, siempre que los puestos no tengan la consideración de “a amortizar”. |
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TRASLADO CONDICIONADO:
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SI CONCURSA A TRASLADO CONDICIONADO A OTRO CONCURSANTE, PONGA COMPLETOS LOS DATOS DEL OTRO CONCURSANTE:
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TRASLADO CONDICIONADO APELLIDOS Y NOMBRE: _____________________________________________________________
N.I.F. ______________________________________________________________________________
PUESTO DESDE EL QUE CONCURSA: __________________________________________________ |
MÉRITOS: Los méritos relativos al apartado 1, se acreditarán de oficio por el Área de Recursos Humanos)
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1.-ANTIGÜEDAD EN EL CEIS GUADALAJARA:
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SERVICIOS RECONOCIDOS (MESES COMPLETOS):______________________________________________ |
SERVICIOS PRESTADOS EN OTROS SERVICIOS DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS: A valorarse solo en caso de empate en la valoración de los méritos Deberán acreditarse con la pertinente documentación que será adjuntada en la presentación de esta solicitud.
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2.-SERVICIOS PRESTADOS EN OTROS SERVICIOS DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS:
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SERVICIOS RECONOCIDOS (MESES COMPLETOS):______________________________________________ |
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RELACIÓN DE DOCUMENTACIÓN QUE ACOMPAÑA |
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DETALLE TODOS LOS DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑA A LA SOLICITUD |
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Guadalajara, a _____ de ____________________de 2026.
(firma)
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La persona firmante DECLARA bajo su responsabilidad que todos los datos consignados en esta solicitud y en la documentación adjunta, en su caso, son exactos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en esta convocatoria, que se encuentran actualizados y que el aspirante reúne todas las condiciones y requisitos exigidos para el ingreso en el cuerpo o categoría al que aspira, conforme a las bases y convocatoria de aplicación, comprometiéndose a probar documentalmente los datos que figuran en esta solicitud cuando se le requiera para ello. |
(*) CONTINÚA AL DORSO:
SI
NO
INFORMACIÓN BASICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS DE ACUERDO CON EL REGLAMENTO GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS. De conformidad con los artículos 6, 7, 8 y 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, le informamos que el responsable del tratamiento es la DIPUTACIÓN DE GUADALAJARA, que dicho tratamiento se lleva a cabo para los procesos de selección de personal y para la gestión administrativa de la Diputación. La base legal que permite legitimar este tratamiento es el consentimiento prestado por usted para el tratamiento de los datos facilitados a través de la presente instancia. Sus datos no serán objeto de comunicación a ningún tercero. De igual manera, se le informa de que sus datos podrán ser publicados a través de diferentes medios como nuestra página web para dar debido cumplimiento a las diferentes legislaciones que sean de aplicación al proceso selectivo en el que se encuentre inmerso. Para ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y solicitar la portabilidad de los mismos previstos en el Reglamento, así como para la revocación del consentimiento para el tratamiento de sus datos, puede dirigirse, previa acreditación de su identidad mediante fotocopia del DNI y por escrito, a DIPUTACIÓN DE GUADALAJARA, Plaza de Moreno nº 10 – 19071 Guadalajara o al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Puede usted obtener información ampliada sobre protección de datos visitando nuestra página web: www.dguadalajara.es.
SR. PRESIDENTE DEL C.E.I.S. GUADALAJARA
Guadalajara, a 5 de febrero de 2026. EL PRESIDENTE. Fdo.: José Luis Vega Pérez





