DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE CULTURA
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Visto:
El expediente relativo a la convocatoria de subvenciones para la promoción y fomento de la actividad cultural de las bandas de música y asociaciones musicales de la provincia de Guadalajara. Ejercicio 2025 (EXP. 4255/2025), aprobada mediante Resolución provisional de fecha 6 de noviembre de 2025, publicada en el BOP de Guadalajara no. 213. El expediente se ha tramitado de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Considerando:
Que se han cumplido los trámites previstos en la normativa reguladora, se han examinado las solicitudes presentadas y la documentación aportada, y no se han presentado alegaciones tras la publicación de la resolución provisional, por lo que procede dictar resolución definitiva de concesión y denegación de las subvenciones solicitadas.
RESUELVO:
1.- Conceder las subvenciones a las entidades que se relacionan en el Anexo I, por los importes y en las condiciones que en él se detallan, conforme a lo establecido en la convocatoria y en la normativa aplicable.
2.- Denegar las solicitudes que se relacionan en el Anexo II, por las causas que se indican en cada caso.
3.- Autorizar el pago de las subvenciones concedidas, condicionando a la acreditación del cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 38/2003 y en la convocatoria.
4.- Recursos: La presente resolución agota la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno o recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente.
Notifíquese a los interesados y publíquese en la sede electrónica y en el BOP en los términos previstos.
Se concede subvención a las siete solicitudes admitidas por el 100 % de la cuantía solicitada, hasta un máximo de 10.000 €, de acuerdo con los siguientes criterios:
1.- Según la Base 7.ª de la convocatoria, las solicitudes que hayan obtenido una puntuación superior a 31 puntos accederán al 100 % de la ayuda solicitada.
2.- Conforme a la Base 8.ª, la cuantía máxima de subvención será de 10.000 € para las bandas con más de 30 integrantes, condición que cumplen todas las entidades beneficiarias.
3.- Todas las entidades han solicitado una ayuda igual o superior a 10.000 €, por lo que la concesión se ajusta al límite máximo establecido.
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Entidad |
CIF |
Cuantía concedida (€) |
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1 |
Asociación Cultural Aula de Música “Real Señorío de Molina” (Molina de Aragón) |
***1219** |
10.000 € |
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2 |
Asociación Musical El Casar (El Casar) |
***1897** |
10.000 € |
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3 |
Banda de Música “Santa María Magdalena” (Mondéjar) |
***1005** |
10.000 € |
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4 |
Asociación Cultural Banda de Música de Brihuega (Brihuega) |
***1231** |
10.000 € |
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5 |
Asociación Cultural Banda de Música de Azuqueca (Azuqueca de Henares) |
***1880** |
10.000 € |
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6 |
Asociación Artístico-Cultural “Valle de la Nobleza” (Almoguera) |
***1430** |
10.000 € |
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7 |
Asociación Musical Jadraqueña (Jadraque) |
***2628** |
10.000 € |
Se deniega las solicitudes presentadas por las siguientes cuatro Bandas de Música, conforme al acta del órgano de valoración, por no cumplir el requisito establecido en la Base 3ª., apartado D, de la convocatoria: “Contar al menos con un formador dado de alta en la Seguridad Social”.
- Asociación Cultural Filarmónica Briocense (Brihuega)
- Asociación Recreativa Musical de Cifuentes (Cifuentes)
- Grupo Musical Seguntino (Sigüenza)
- Asociación Musical Nuestra Señora de la Soledad (Fuentenovilla)
La denegación se fundamenta en la falta de cumplimiento de este requisito obligatorio para ser beneficiados de la subvención.
Esta Resolución de la Presidencia de la Diputación Provincial de Guadalajara resuelve el procedimiento de concesión de las subvenciones. Contra ella podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante la propia Presidencia o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo.
Guadalajara a 14 de enero de 2026. El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, José Luis Vega Pérez.





