CONSORCIO PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS URBANOS DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA
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En cumplimiento del artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de noviembre de 2025, adoptado por el Consorcio para la Gestión de Residuos Urbanos de la provincia de Guadalajara, sobre la aprobación del expediente de Modificación de Crédito al vigente Presupuesto General de 2025, núm. 4/2025, en la modalidad de Crédito Extraordinario y Suplemento de Crédito financiado con remanente de tesorería para gastos generales, que se hace público con el siguiente desglose:
ALTAS EN APLICACIONES PRESUPUESTARIAS DE GASTOS
Crédito extraordinario
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE (€) |
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1623 62303 |
Inversiones gases de efecto invernadero |
516.592,70 |
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IMPORTE TOTAL |
516.592,70 |
APLICACIONES PRESUPUESTARIAS QUE SUPLEMENTAR
Suplemento de crédito
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE (€) |
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1623 62302 |
Maquinaria, instalaciones y utillaje. Fondos Next Generation |
464.479,18 |
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IMPORTE TOTAL |
464.479,18 |
ALTAS EN APLICACIONES PRESUPUESTARIAS DE INGRESOS
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE |
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87000 |
Remanente de Tesorería para Gastos Generales |
981.071,88 |
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IMPORTE TOTAL |
981.071,88 |
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Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por remisión del artículo 179.4, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Guadalajara, a 18 de diciembre de 2025. El PRESIDENTE, José Luis Vega Pérez.





