AYUNTAMIENTO DE ALIQUE
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El Pleno del Ayuntamiento de Alique, en sesión ordinaria celebrada el día 15 de abril de 2025, acordó por unanimidad aprobar inicialmente el Reglamento Orgánico Municipal de Asistencia Telemática, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Dicho reglamento tiene por objeto regular la posibilidad de celebrar sesiones plenarias y de otros órganos colegiados del Ayuntamiento por medios telemáticos o mixtos, en circunstancias excepcionales que impidan o dificulten la asistencia presencial, garantizando la participación efectiva, la transparencia y la validez de los acuerdos adoptados.
En cumplimiento de lo establecido en el citado artículo 49, el expediente se somete a información pública y audiencia de las personas interesadas por el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, a fin de que puedan presentarse las reclamaciones o sugerencias que estimen oportunas.
De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el citado plazo, el Reglamento se entenderá aprobado definitivamente sin necesidad de nuevo acuerdo plenario.
El texto íntegro del Reglamento se encuentra disponible para su consulta en el Portal Web del Ayuntamiento de Alique (https://alique.sedelectronica.es) y en las dependencias municipales.
En Alique, a 4 de noviembre de 2025La Alcaldesa,Mercedes Yolanda Cabello Vives





