Ayuntamiento de El Cardoso de la Sierra
2049
Anuncio DEFINITIVO
Habiendo aprobado este Ayuntamiento el Reglamento sobre exclusión de obligación de presentar factura electrónica en aquellas facturas inferiores a 5.000 euros, cuya aprobación inicial apareció publicada en el BOP núm. 36, de 2015, y no habiéndose presentado reclamación ni alegación alguna, ha quedado definitivamente aprobado, siendo su texto literal el siguiente:
«REGLAMENTO SOBRE EXCLUSIÓN DE OBLIGACIÓN DE PRESENTAR FACTURA ELECTRÓNICA EN AQUELLAS FACTURAS INFERIORES A 5.000 EUROS.
Artículo único.- Haciendo uso de lo previsto en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso de la Factura Electrónica y Creación del Registro Contable de Facturas en el Sector Público, este Ayuntamiento excluye de la obligación de facturación electrónica a los proveedores cuyas facturas no excedan un importe de 5.000 euros.
Disposición final.- El presente reglamento entrará en vigor a partir de la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia, siempre que haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local».
Lo que se hace público haciendo constar que contra el citado Reglamento puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente de la publicación de este anuncio en el BOP.
En El Cardoso de la Sierra a 15 de mayo de 2015.– El Alcalde, Rafael Heras Arribas.





