AYUNTAMIENTO DE BUJALARO
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De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 6/85 de 1 de Julio, del Poder Judicial y Reglamento número 3/1995, de 7 de Junio de los Jueces de Paz, se va a proceder por la Asamblea Vecinal del Ayuntamiento de Bujalaro a la elección del JUEZ DE PAZ TITULAR Y SUSTITUTO entre las personas que reuniendo las condiciones legales, así lo soliciten.
Las instancias podrán presentarse en las oficinas de este Ayuntamiento durante el plazo de veinte días naturales, a partir de día siguiente al presente anuncio en el Boletín oficial de la provincia.
Bujalaro, 4 de septiembre de 202. EL ALCALDE.SATURNINO MORA NOVA