DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE DESARROLLO RURAL MEDIO AMBIENTE, PROMOCION ECONOMICA Y PROGRAMAS EUROPEOS, GENERO Y DIVERSIDAD, Y TURISMO
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ACUERDO DE 22 DE JULIO DE 2025 DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA, DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A COOPERATIVAS AGROALIMENTARIAS Y AGRARIAS DE LA PROVINCIA DURANTE EL EJERCICIO 2025.
En cumplimiento de lo establecido en la base décima de la citada Convocatoria, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública la concesión de subvenciones destinadas a cooperativas agroalimentarias y agrarias de la provincia durante el ejercicio 2025.
“16.- EXPEDIENTE 609/2025. TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A COOPERATIVAS AGORALIMENTARIAS Y AGRARIAS DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA, DURANTE EL AÑO 2025.
La Sra. Presidenta en Funciones da cuenta de que la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 13 de mayo de 2025, aprobó la Convocatoria de subvenciones, que fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 103 de fecha 30 de mayo de 2025.
En la norma séptima de la citada convocatoria, se establece que el crédito destinado a financiar esta convocatoria asciende a la cantidad de CIEN MIL EUROS (100.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 414 48913 del Presupuesto de Gastos de la Diputación Provincial para el ejercicio 2025.
Visto el dictamen del órgano colegiado del presente procedimiento de concesión de subvenciones, emitido el día 21 de julio de 2025, tal y como consta en el acta de la reunión correspondiente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ordenanza General de Subvenciones, aprobada por acuerdo del Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 21 de febrero de 2025.
La Junta de Gobierno por cuatro votos a favor, ningún voto en contra y ninguna abstención, acuerda:
PRIMERO.- Aprobar la siguiente resolución de carácter provisional para la concesión de las subvenciones a las Cooperativas agroalimentarias y agrarias que seguidamente se relacionan, para financiar gastos corrientes durante el año 2025:
Nº EXPEDIENTE. |
COOPERATIVA |
CIF |
IMPORTE SOLICITADO |
Nº. SOCIOS ACTIVOS |
Reparto crédito |
PROPUESTA DE SUBV. |
OBSERVACIONES |
€/socios x nº socios |
|||||||
4002/2025 |
SDAD. COOP. VIT. STA. Mª MAGDALENA |
F19002245 |
40.000,00 € |
106 |
38.405,80€ |
38.405,80 € |
|
4084/2025 |
COOP. LOCAL DEL CAMPO NTRA. SRA. DE LAS NIEVES |
F19003003 |
63.283,00 € |
50 |
18.115,94€ |
18.115,94 € |
|
4549/2025 |
COOP. AGRICOLA LOCAL DE COGOLLUDO, S. COOP. DE CLM |
F19002237 |
39.982,18 € |
72 |
26.086,96€ |
26.086,96 € |
|
4061/2025 |
NTRA. SRA. DE LA GRANJA S. COOP. DE CLM |
F19002252 |
19.600,00 € |
48 |
17.391,30€ |
17.391,30 € |
TOTAL ……………….… 100.000,00 €
SEGUNDO.- Desestimar la siguiente solicitud al no disponer de socios activos, siendo éste el criterio de valoración a aplicar para determinar la cuantía de la subvención a conceder según la norma séptima de la convocatoria.
Nº EXPEDIENTE. |
COOPERATIVA |
CIF |
IMPORTE SOLICITADO |
Nº. SOCIOS ACTIVOS |
Reparto crédito |
PROPUESTA DE SUBV. |
OBSERVACIONES |
€/socios x nº socios |
|||||||
4291/2025 |
COOPERATIVA VIRGEN DE LA LASTRA |
F19004639 |
40.000,00 € |
0 |
0,00 € |
0,00 € |
no dispone de socios activos |
TERCERO.- Conceder un plazo de 10 días hábiles para la presentación de alegaciones, tras la publicación de esta resolución provisional en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en la base décima de la convocatoria de subvenciones.
CUARTO.- Publicar los presentes acuerdos en el Boletín Oficial de la Provincia.”
Guadalajara, a 26 de julio de 2025. El presidente de la Diputación Provincial, D. José Luis Vega Pérez.