AYUNTAMIENTO DE VALDEAVERUELO
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Habiéndose aprobado expediente n.º 337/2025, Resolución de Alcaldía n.º 2025-0186, de Delegación de Competencias de la Alcaldía en la Concejal Dª. M.ª Dolores Avendaño Sánchez, relativas a las funciones de Cultura, se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre:
PRIMERO. Delegar en M.ª DOLORES AVENDAÑO SÁNCHEZ, el ejercicio de las funciones de Cultura, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, pero no así la facultad de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.
TERCERO. Imponer al delegado la obligación de informar a esta Alcaldía, a posteriori, con periodicidad y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada.
CUARTO. Notificar personalmente la presente resolución a la designada, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por el Alcalde. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://valdeaveruelo.sedelectronica.es].
SEXTO. En lo no previsto expresamente en la presente resolución, las reglas que para la delegación de competencias del Alcalde se prevén en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Valdeaveruelo, a 18 de julio de 2025 Fdo. El Alcalde- Alberto Cortés Gómez