AYUNTAMIENTO DE COGOLLOR
1945
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto general del ejercicio 2025, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ESTADO DE GASTOS
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS: 60.780,00
A.1. OPERACIONES CORRIENTES
CAPÍTULO 1: Gastos de Personal: 17.151,00€
CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios: 23.612,00€
CAPÍTULO 3: Gastos Financieros: 300,00 €
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes: 592,00 €
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL
CAPÍTULO 6: Inversiones Reales: 18.775,00€
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital:0 €
B) OPERACIONES FINANCIERAS: 0 €
CAPÍTULO 8: Activos Financieros:0 €
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros:0 €
TOTAL: 60.780,00
ESTADO DE INGRESOS
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS: 60.780,00
A.1. OPERACIONES CORRIENTES
CAPÍTULO 1: Impuestos Directos: 14.890,00€
CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos: 1.000,00 €
CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos: 6.390,00€
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes: 17.900,00€
CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales: 2.600,00€
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL
CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales: 0 €
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital: 18.000,00 €
B) OPERACIONES FINANCIERAS
CAPÍTULO 8: Activos Financieros: 0 €
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros : 0 €
TOTAL: 60.780,00
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Cogollor, a 24 de junio de 2025. El Alcalde: Alberto Santos Alcalde.