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Castilnuevo
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Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
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Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
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Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
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Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
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Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
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Tortuero
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Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
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Valhermoso
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Lunes, 26 Mayo 2025 12:05

BASES Y CONVOCATORIA DE LOS PREMIOS PARA EL I CONCURSO MUNICIPAL DE AUTOS-LOCOS DE LAS FIESTAS PATRONALES VILLANUEVA DE LA TORRE 2025

1590

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AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA TORRE


1590

BDNS: código 834518

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica la convocatoria cuyo texto completo también puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.haciend.gob.es).

Con motivo de las fiestas patronales de Villanueva de la Torre que tendrán lugar entre los días 19 y 22 de junio de 2025, de acuerdo al programa elaborado por el Ayuntamiento para tales eventos, figura la convocatoria del I Concurso Municipal de elaboración de

AUTOS-LOCOS, el día 21 de junio de 2025, y que se regirá por las siguientes:

BASES

1.- OBJETO

El objeto de la convocatoria es impulsar la participación ciudadana y fortalecer las relaciones de la comunidad vecinal, así como su colaboración en actividades festivas durante las fiestas patronales de la localidad.

De entre los/as participantes al Concurso, se seleccionarán aquellos que el jurado considere mejor, según varios criterios.

2.- PARTICIPANTES

2.1.- Podrán participar todas las personas mayores de edad y empadronadas en Villanueva que lo deseen.

2.2.- Podrán participar todas las asociaciones y peñas inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Villanueva de la Torre

2.3.- Tanto las personas físicas, como las asociaciones y peñas participantes, habrán de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 13.2.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), y con el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre. La presentación de estas certificaciones queda sustituida por una declaración responsable conforme al artículo 24.4 del Real Decreto 887/2006 de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS.

Así mismo, no podrán hallarse incursos en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, igualmente relacionadas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Según establece el artículo 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presentación de la solicitud de subvención, conllevará la autorización del solicitante para el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias previstas en los artículos 18 y 19 del Real Decreto mencionado a través de certificados telemáticos, en cuyo caso el solicitante no deberá aportar la correspondiente certificación. No obstante, el/la solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces la certificación en los términos previstos en los apartados anteriores.

2.3.- No podrán participar en esta convocatoria las personas, asociaciones y/o peñas que tengan pendientes de justificación fuera de plazo o de reintegro, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre.

3. CONDICIONES TÉCNICAS

3.1.- Ningún premio será acumulable.

3.2.- Las personas, asociaciones y/o peñas que no efectúen la inscripción previa y recojan el dorsal, no podrán participar en el concurso, aunque sí se les permitirá participar en el desfile.

3.3.- Los/as participantes deberán estar preparados para el desfile, en el lugar marcado por la organización, 45 minutos antes del inicio de la actividad.

3.4.- Queda prohibida la utilización durante el desarrollo de la actividad de:

  • Cualquier tipo de elemento pirotécnico, así como llamas en antorchas, velas, petróleo, gas o cualquier otro tipo de combustible.
  • La participación de animales durante el mismo.
  • Spray o cualquier otro material que por razones de seguridad pudieran poner en riesgo el normal desarrollo de la actividad.
  • El uso de vehículos a motor, excepto los autorizados previamente por el ayuntamiento.
  • No se podrán llevar carros de compra de superficies comerciales, aunque estén camuflados.
  • No se podrán llevar botellas ni vasos de vidrio ni ningún otro recipiente con bebidas alcohólicas.
  • Los y las menores que participen en el desfile de autos-locos deberán ser autorizados por sus tutores legales rellenando formulario de consentimiento.
  • Prohibida la participación en estado de embriaguez.

3.5.- Criterios de valoración:

Los premios se otorgarán basándose en criterios de esfuerzo, de confección, creatividad, originalidad, vistosidad, utilización de materiales reciclados, así como puesta en escena, gracia y simpatía en su participación en el desfile. Los/as integrantes del jurado se situarán en cualquier punto del desfile y se reservarán el derecho de otorgar los premios, pudiendo dejar desierto cualquiera de ellos por ausencia de participantes.

3.6.- Derechos de Imagen

La inscripción y participación implica la aceptación de cesión de los derechos de las imágenes (fotografías y videos) que se realicen durante el Concurso.

4. INSCRIPCIONES Y PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA

4.1.- Las inscripciones para la participación en el Concurso Autos Locos 2025 de Villanueva de la Torre, se realizarán en el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre (Plaza Mayor S/N 19209, Guadalajara), desde el día siguiente a su publicación en el BOP y hasta el día 18 de junio incluido, en horario de 09:00 h a 14:00, salvo festivos y fines de semana (solo personas físicas), en el registro telemático cuya dirección es: https://villanuevadelatorre.sedelectronica.es , o a través de cualquiera de los medios establecidos en el art. 16.4 de la ley 30/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.

En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica (Asociación cultural, peña…), conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, deberá obligatoriamente presentar su solicitud por medios electrónicos.

4.2.-El texto íntegro de la convocatoria se encontrará a disposición de los interesados en la Administración General del Ayuntamiento de Villanueva de la Torre y en la Concejalía de Festejos, así como en la web municipal.

4.3.- La publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre.

El plazo de inscripción comenzará el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP y permanecerá abierto hasta el día 18 de junio incluido.

4.4.- La inscripción debe contener los siguientes datos:

  • Hoja de Inscripción, acompañada de copia de DNI/CIF del solicitante.
  • Declaración Responsable firmada.
  • Las Asociaciones y Peñas municipales podrán participar, debiendo aportar Declaración Responsable y Ficha de Inscripción, firmada por quién ostente la representación, que deberá aportar la documentación acreditativa de la misma.
  • Ficha de tercero.

5. PREMIOS

1º.- El importe total de los premios asciende a 600,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 07.3380.48901 del vigente presupuesto general. Siendo el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre, el Organizador y Patrocinador único del Concurso.

2º Se establece una sola categoría y tres premios, 1º, 2º y 3º, con importe económico diferente.

1er Premio: 300€

2º Premio: 200€

3er Premio: 100€

3º Los premios quedan sujetos a las obligaciones fiscales, de comunicación y declaración con la Administración Tributaria Estatal, vigentes en el momento de su concesión. A tales efectos, la persona física o jurídica inscrita en el concurso será la responsable de tales obligaciones.

4º El abono de los premios se efectuará mediante transferencia bancaria en la cuenta indicada en la ficha de tercero.

6. ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN

El órgano competente para la Instrucción de este procedimiento es la Concejalía de Festejos de ayuntamiento de Villanueva de la Torre. El órgano competente para la resolución de este procedimiento es la Alcaldía del ayuntamiento de Villanueva de la Torre.

7. JURADO

a. La selección y concesión del Concurso se realizará a propuesta de un jurado que será designado por la Concejalía de Festejos procurando, entre otros, que sean lo más variado posible en cuanto a edad, composición paritaria entre hombres y mujeres, y que no estén relacionados de forma directa con los/as participantes y estará compuesto de la siguiente forma:

  • Presidenta: Concejala Delegada de Festejos.
  • Vocales: De 3 integrantes elegidos por la Concejalía de Festejos.
  • Secretario/a: Designado por la Concejalía de Festejos.

b. Este jurado levantará acta final de sus resoluciones.

Dicha acta reflejará a los ganadores/as. Este documento constituirá propuesta de acuerdo que junto con el informe del órgano instructor se elevará a la Alcaldía, que será el órgano municipal competente para la concesión del premio.

c. El jurado podrá declarar desierto cualquiera de los premios en caso de baja participación.

d. Las decisiones del jurado serán inapelables y quedará facultado para resolver las dudas que se presenten, y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso en todo lo no previsto en estas bases.

e. La participación en este concurso, conlleva la aceptación de las presentes bases.

f. Los/as concursantes se comprometen a aceptar las bases, así como, las decisiones del Jurado.

8. PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

La resolución relativa a lo concesión de los premios será emitida por la Alcaldía, en el plazo de 7 días desde la propuesta que formule el Jurado, sin perjuicio de que el día del concurso el Jurado pueda hacer publico verbalmente el resultado de sus deliberaciones.

La resolución de la concesión de los premios será notificada a todos lo participantes mediante anuncio inserto en el tablón de anuncios y en la sede electrónica municipal.

La resolución que se adopte pondrá fin a la vía administrativa. Se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Tablón de la sede electrónica del Ayuntamiento (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

9. OTRAS DETERMINACIONES

8.1 La participación en el concurso supone la aceptación de las presentes bases, quedando excluidos las creaciones que no cumplan alguna de las condiciones antes expuestas.

8.2 La organización podrá introducir, si lo cree necesario y previamente motivado, las modificaciones que estime convenientes para el buen funcionamiento del concurso.

10. NORMA FINAL

Las presentes Bases se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ley 39/20015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Villanueva de la Torre, Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal 2025, y en lo no previsto por las anteriores normas, por las Disposiciones del Derecho Común.

ANEXO I

Inscripción y Declaración Responsable Persona Física

Nombre y Apellidos:

DNI o documento acreditativo equivalente:

Domicilio;

Teléfono:

Dirección de Correo Electrónico:

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:

Primero.- Haber alcanzado la mayoría de edad y que quiero inscribirme de manera voluntaria al I Concurso de Autos Locos de Villanueva de la Torre.

Segundo.- Que me encuentro al corriente de pago de mis obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 13.2.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), y con el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre.

Tercero.- Que no me hallo dentro de ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que estoy al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Cuarto.- Que no tengo pendiente de justificación fuera de plazo, ni pendiente de reintegro, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre.

Quinta.- Que autorizo al Ayuntamiento de Villanueva de la Torre a comprobar los datos anteriormente expresados.

En Villanueva de la Torre, a de 2025

Firmado

ANEXO II

Inscripción y Declaración Responsable Asociaciones Participantes

Datos de la Asociación:

  • Nombre:
  • CIF:
  • Dirección:
  • Teléfono:
  • Correo Electrónico:

Datos de la persona Representante:

  • Nombre:
  • DNI:
  • Dirección:
  • Teléfono:
  • Correo Electrónico:

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:

Primero.- Que la inscripción como participante de la asociación a la que represento, se realiza de manera libre y voluntaria, aceptando las presentes Bases.

Segundo.- Que la asociación a la que represento se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según se establece en el artículo 13.2.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), y con el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre.

Tercero.- Que la asociación a la que represento no se halla incursa en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que está al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Cuarto.- Que la asociación a la que represento no tiene pendiente de justificación fuera de plazo ni pendiente de reintegro, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Villanueva de la Torre.

Quinta.- Que como representante de la asociación, autorizo al Ayuntamiento de Villanueva de la Torre a comprobar los datos anteriormente expresados.

En Villanueva de la Torre, a de 2025

Firmado

Anexo III

SOLICITUD DE APERTURA / MODIFICACIÓN DE FICHA DE TERCERO

TIPO DE MOVIMIENTO

Alta de Tercero

Modificación de datos de Tercero

DATOS PERSONALES

1.- Nombre y Apellidos / Razón Social: ______________________________________________________________________________________________________________________________________________

2.- Calle: ____________________________________________________________ Nº ________ Piso _______ Población ________________________________________ Provincia ____________________________ Distrito Postal __________________________________________ Teléfono __________________________

3.- CIF: ___________________________________ NIF: ___________________________________

Conforme: EL TERCERO Fecha:

Fdo._________________

DATOS BANCARIOS

Código Cuenta Cliente (IBAN):

ES_ _/__ __ __ __/__ __ __ __ /__ __ __ __ /__ __ __ __/__ __ __ __

De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos Personales y a través de la cumplimentación del presente formulario, el tercero presta su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales facilitados, que serán incorporados a los ficheros de titularidad del Ayuntamiento de Villanueva de la Torre, cuya finalidad es la gestión fiscal, contable y administrativa.

Igualmente le informamos que podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición establecidos en dicha Ley a través de escrito, adjuntando fotocopia de su DNI o Pasaporte, presentado en el registro de entrada, mediante cualquiera de los métodos permitidos legalmente.

En Villanueva de la Torre, a 22 de mayo de 2025, La Alcaldesa, Sonsoles Rico Ordóñez

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