AYUNTAMIENTO DE ROBLEDILLO DE MOHERNANDO
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto general del ejercicio 2025 al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
ESTADO DE INGRESOS:
CAPÍTULO |
DENOMINACIÓN CAPÍTULO |
PREVISIÓN INGRESOS |
1 |
Impuestos Directos |
81.700,00 € |
2 |
Impuestos Indirectos |
9.300,00 € |
3 |
Tasas y Otros Ingresos |
61.375,08 € |
4 |
Transferencias Corrientes |
51.584,72 € |
5 |
Ingresos Patrimoniales |
22.425,00 € |
7 |
Transferencias de Capital |
47.087,60 € |
TOTAL | 273.472,40 € |
ESTADO DE GASTOS:
CAPÍTULO |
DENOMINACIÓN CAPÍTULO |
PREVISIÓN GASTOS |
1 |
Gastos de personal |
56.385,45 € |
2 |
Gastos en bienes corrientes y servicios |
88.669,67 € |
3 |
Gastos financieros |
1.000,00 € |
4 |
Transferencias corrientes |
64.025,00 € |
6 |
Inversiones reales |
63.392,28 € |
TOTAL | 273.472,40 € |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Robledillo, a 20 de mayo de 2025. El Alcalde-Presidente, Rubén Marchamalo Almazán