AYUNTAMIENTO DE VALDEARENAS
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto general del ejercicio 2025 al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ESTADO DE GASTOS 2025 | ||
A) | OPERACIONES NO FINANCIERAS | 132.897,79 € |
A.1 | OPERACIONES CORRIENTES | 103.897,79 € |
1 | Gastos del Personal | 59.182,00 € |
2 | Gastos corrientes en bienes y servicios | 35.886,19 € |
3 | Gastos financieros | 194,00 € |
4 | Transferencias corrientes | 8.635,60 € |
5 | Fondo de contingencia | 0,00 € |
A.2 | OPERACIONES DE CAPITAL | 29.000,00 € |
6 | Inversiones reales | 25.000,00 € |
7 | Transferencias de capital | 4.000,00 € |
B) | OPERACIONES FINANCIERAS | 0,00 € |
8 | Activos financieros | 0,00 € |
9 | Pasivos financieros | 0,00 € |
TOTAL GASTOS | 132.897,79 € | |
ESTADO DE INGRESOS 2025 | ||
A) | OPERACIONES NO FINANCIERAS | 132.897,79 € |
A.1 | OPERACIONES CORRIENTES | 107.897,79 € |
1 | Impuestos directos | 33.690,86 € |
2 | Impuestos indirectos | 2.000,00 € |
3 | Tasas, precios públicos y otros ingresos | 20.491,93 € |
4 | Transferencias corrientes | 37.615,00 € |
5 | Ingresos patrimoniales | 14.100,00 € |
A.2 | OPERACIONES DE CAPITAL | 25.000,00 € |
6 | Enajenación de inversiones reales | 0,00 € |
7 | Transferencia de capital | 25.000,00 € |
B) | OPERACIONES FINANCIERAS | 0,00 € |
8 | Activos financieros | 0,00 € |
9 | Pasivos financieros | 0,00 € |
TOTAL INGRESOS | 132.897,79 € |
PLANTILLA DE PERSONAL
CATEGORÍA-GRUPO |
PUESTOS DE TRABAJO |
Funcionario Interino |
Secretario-Interventor |
Personal Laboral |
Peón |
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Valdearenas, a 9 de abril de 2025. El Alcalde-Presidente, D. Tomás D. Gómez Esteban