AYUNTAMIENTO DE DURÓN
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Considerando que con fecha 26 de diciembre de 2024 se procedió a la formalización de la PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA DEL AGUA CASTILLA LA MANCHA, O.A. Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE DURON (GUADALAJARA) PARA LA EJECUCION DE ACTUACIONES EN EL MARCO DEL REAL DECRETO 1159/2020, DE 22 DE DICIEMBRE, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme al siguiente contenido:
PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA DEL AGUA CASTILLA LA MANCHA, O.A. Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE DURON (GUADALAJARA) PARA LA EJECUCION DE ACTUACIONES EN EL MARCO DEL REAL DECRETO 1159/2020, DE 22 DE DICIEMBRE.
En Durón (Guadalajara), a 26 de febrero de 2025.Fdo: Juan Ramírez García y Mercedes Echegaray Giménez
REUNIDOS
De una parte, Don Juan Ramírez García mayor de edad, con domicilio a estos efectos en la C/Mesones nº 7, 19143 Durón, Guadalajara.
Y, de otra parte, Doña Mercedes Echegaray Giménez, mayor de edad, con domicilio a estos efectos en Paseo Cristo de la Vega, s/n, 45071, Toledo
INTERVIENEN
El Sr. Juan Ramírez García, en nombre y representación del AYUNTAMIENTO DE DURON, Entidad Local provista de CIF núm. P1912900F y con domicilio en la C/Mesones nº 7, 19143 Durón, Guadalajara. Actuando en su condición de titular de la Alcaldía-Presidencia del referido Ayuntamiento, cargo para el que fue elegida según resulta del Acta de la Sesión constitutiva del Pleno de fecha 15 de junio de 2019, en el ejercicio de las atribuciones que ostenta al amparo de lo previsto en el artículo 21.1.b) y s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
La Sra. Echegaray Giménez, en nombre y representación de la AGENCIA DEL AGUA DE CASTILLA LA MANCHA, organismo autónomo de la Junta de Comunidades Castilla la Mancha, provisto de C.I.F. núm. S4500400I y con domicilio en Paseo Cristo de la Vega, s/n, 45071, Toledo. Actuando en méritos de la Delegación de Atribuciones efectuada por la Presidencia de la Agencia del Agua en favor de la Dirección Gerencia de la Agencia del Agua, mediante Resolución de fecha 20 de octubre de 2021, publicada en el núm. 207 del DOCM de fecha 27 de octubre de 2021 y por la cual, entre otras se delegó la atribución prevista en el art. 9.4.c) de la Ley 2/2022, de 18 de febrero, de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha. Ostentando el cargo de directora-Gerente del referido Organismo Autónomo en virtud del Decreto 247/2023, de 29 de agosto, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, publicado en el núm. 167 del DOCM de fecha 31 de agosto de 2023.
Se reconocen ambas partes, competencia y capacidad legal suficiente, para suscribir el presente convenio, a cuyo efecto,
EXPONEN
I.Que, en fecha 20 de septiembre de 2022, tras la tramitación del correspondiente expediente administrativo, se suscribió entre la Agencia del Agua Castilla La Mancha, O.A. y el Excmo. Ayuntamiento de Durón un Convenio de Colaboración para la para la ejecución de una serie actuaciones comprendidas en el marco del Real Decreto 1159/2020, de 22 de diciembre.
II. Conforme el anexo del citado convenio, las actuaciones a ejecutar eran las siguientes:
TIPOLOGÍA |
DESCRIPCIÓN |
INVERSIÓN |
Abastecimiento |
Renovación de contadores inteligentes (187). y red de abastecimiento (1.385 m) |
164.793,20 |
Saneamiento |
Renovación de red de saneamiento (1.605 m). y EDAR |
361.359,32 |
Documentación |
Estudio técnico de actuaciones en el municipio. |
13.131,89 |
III. Que, el citado convenio, en su cláusula tercera contempla un importe total estimado de todas las actuaciones a ejecutar por importe de 2.758.833,01 euros y que, tras los reajustes de anualidades aprobados por la comisión de seguimiento del mismo, en la actualidad se distribuyen de la siguiente forma:
DURÓN |
||||
ANUALIDAD/TIPO |
Incluidas en Contrato Mixto |
Iniciadas / Ejecutadas |
Con proyecto / No iniciadas |
TOTAL |
2021 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
2022 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
2023 |
359.522,94 |
0,00 |
0,00 |
359.522,94 |
2024 |
179.761,46 |
0,00 |
0,00 |
179.761,46 |
TOTAL |
539.284,40 |
0,00 |
0,00 |
539.284,40 |
IV. El plazo de vigencia del Convenio, de acuerdo con la cláusula 8ª, era, o bien hasta el 31 de diciembre de 2024, o hasta su finalización con entrega de las actuaciones al Ayuntamiento, en caso de producirse en fecha anterior.
V. Que, al no haberse finalizado la totalidad de las actuaciones previstas, ni preverse su finalización antes del 31 de diciembre de 2024, se hace necesario, tanto reajustar sus anualidades como ejecutar la prórroga prevista en la citada cláusula octava.
Por lo que, con lo anteriormente expuesto, las partes intervinientes formalizan la presente Prórroga de Convenio, la cual se regirá por lo dispuesto en las siguientes.
CLÁUSULAS
PRIMERA. Modificación de la Cláusula Tercera, Presupuesto y Financiación.
El total de Actuaciones en el Ciclo Integral del Agua, y Actuaciones ligadas al Agua objeto del Convenio suscrito en fecha 20 de septiembre de 2022, implican unos costes estimados de 539.284,40 euros, incluido IVA. Y se financia íntegramente, con cargo a la aplicación presupuestaria 56010000/G/512A/69000, financiada con el Fondo 0000001850 correspondiente a la subvención otorgada por el Ministerio, e incluida en el Proyecto de Gasto con Nº de elemento PEP, OOAA/0000001665 de la AGENCIA DEL AGUA DE CASTILLA LA MANCHA, con el siguiente desglose de anualidades:
DURÓN |
||||
ANUALIDAD/TIPO |
Incluidas en Contrato Mixto |
Iniciadas / Ejecutadas |
Con proyecto / No iniciadas |
TOTAL |
2021 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
2022 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
2023 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
2024 |
65.942,79 |
0,00 |
0,00 |
65.942,79 |
2025 |
473.341,62 |
0,00 |
0,00 |
473.341,62 |
2026 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
TOTAL |
539.284,40 |
0,00 |
0,00 |
539.284,40 |
Los citados importes son estimativos teniendo, pudiendo ser reajustados tanto al alza como a la baja, en función del coste real de las actuaciones una vez realizadas.
Las eventuales bajas en la adjudicación de los contratos que se derivan de este convenio y que pudieran acaecer fruto de su licitación, podrán destinarse a su vez a los eventuales incrementos de costes, que pudieran acaecer fruto de las liquidaciones o modificaciones de los mismos.
Asimismo, los reajustes al alza que superen los importes señalados serán también financiados por la Agencia del Agua, condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la indicada aplicación presupuestaria financiada con la subvención otorgada por el ministerio.
La ejecución del presente Convenio, se adecuará al ritmo de ejecución de los contratos que se deriven, sin necesidad de reajustar las anualidades previstas en la presente cláusula, en tanto en cuanto no sea necesario modificar los importes o el plazo de ejecución del Convenio.
Y en todo caso, la moficación de las actuaciones del convenio o la medición final que impliquien un incremento del coste total de las actuaciones contempladas en el convenio, deberá ser objeto de una adenda a suscribir por las partes del mismo, que, en su caso, si conlleva la superación de los umbrales previstos en la legislación vigente de en materia de hacienda, requerirá autorización previs del Concejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.
SEGUNDA. Modificación de la Cláusula Octava, Vigencia del Convenio
El plazo de vigencia del Convenio finalizara por todo el 31 de diciembre de 2026, o hasta su finalización con entrega de las actuaciones al Ayuntamiento, en caso de producirse en fecha anterior.
TECERA. Integridad.
En todo lo no modificado por la presente Adenda, se mantiene plenamente en vigor el Convenio identificado en el Expositivo I Y II, ratificando y reiterando las Partes los términos del mismo en todos sus extremos.
En prueba de conformidad y para el fiel cumplimiento de lo acordado, se suscribe la presente Adenda, en Toledo y considerándose como fecha de formalización del mismo la de la última de las firmas electrónicas incorporadas al mismo.