AYUNTAMIENTO DE QUER
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Resolución de Alcaldía n.º 2025-0100 del Ayuntamiento de Quer por la que se aprueba definitivamente expediente de modificación de delegación de competencias.
PRIMERO. Modificar la delegación de competencias que consiste en un cambio del concejal que asume las competencias Doña Verónica Débora Beloso asume las competencias de Don Edgard Delgado Sánchez.
Concejalía de Deportes , Nuevas Tecnologías, Infancia y Juventud.
Las anteriores delegaciones son relativas a los servicios correspondientes a dichas áreas, comprenderán la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, pero no conferirán la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Las delegaciones conferidas en el presente Decreto requerirán para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
La presente resolución será efectiva desde el mismo día de su firma, sin perjuicio de ser publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y portal de transparencia – sede electrónica municipal, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.
En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo que establece el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con lo que disponen los artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse, con carácter previo y potestativo, Recurso de Reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación. No obstante, podrá interponer cualquier otro, si lo considera conveniente.
En Quer a 10 de febrero de 2025 . El Alcalde-Presidente. Fdo.: José Miguel Benítez Moreno.