AYUNTAMIENTO DE QUER
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Confeccionado el padrón por la tasa de vados para el paso de vehículos para el ejercicio de 2025 suscrito por la Alcaldía en fecha 20/01/2.025 de acuerdo con el artículo 21.1s ) de la LRBRL y el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo , por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
RESUELVO:
PRIMERO. - Aprobar provisionalmente el Padrón de contribuyentes por la tasa de vados para el paso de vehículos para el ejercicio de 2025- sin perjuicio de las nuevas liquidaciones ya realizadas que serán incluidas en el padrón del ejercicio 2026- con las siguientes características:
- Número de Unidades Fiscales Total: 237
- Unidades Fiscales Bonificadas/Exentas: 0
- Importe Total del Padrón al cobro: 3.870,00 €
SEGUNDO. – El referido padrón fiscal quedará expuesto al público en el Tablón de Anuncios de las Oficinas Municipales, Plaza Mayor, 5, 19209 – Quer (Guadalajara) en horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, QUINCE (15) DÍAS antes que se inicie el respectivo periodo de cobro y por el plazo de un mes, a fin de que los interesados puedan examinarlo y formular las alegaciones que estimen oportunas. Transcurrido dicho plazo sin que se produzcan reclamaciones, el Padrón se entenderá definitivamente aprobado.
TERCERO. – El pago se podrá efectuar:
- Los recibos no domiciliados, previa presentación de los documentos de ingreso que se remitirán al domicilio de cada contribuyente por correo ordinario- o bien podrán obtenerlos alternativamente solicitándolo en el propio Ayuntamiento, en las Oficinas Municipales ubicadas en Plaza Mayor nº5, 19209 – Quer (Guadalajara) en horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, mediante pago con tarjeta.
- Los recibos domiciliados serán cargados en la cuenta bancaria de cada contribuyente en cualquier momento dentro del periodo voluntario.
CUARTO.- Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario- que será del 20 de febrero de 2025 al 20 de abril de 2026- se iniciará el período ejecutivo, lo que determinará la exigencia del recargo correspondiente y, en su caso, los intereses de demora y costas que procedan, de acuerdo con lo previsto en la Ley 58/2003, General Tributaria, de 17 de diciembre.
QUINTO.- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria, se publica Edicto para advertir que las liquidaciones por el tributo y ejercicio referenciados se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termina la exposición pública.
SEXTO-. Publicar la presente Resolución a los efectos de información pública con publicación en el Boletín Oficial de Guadalajara y tablón de Anuncios del Ayuntamiento y a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://quer.sedelectronica.es.
En Quer a 29 de enero de 2025. El alcalde-presidente. Fdo.: José Miguel Benítez Moreno.