AYUNTAMIENTO DE TENDILLA
80
Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Bajas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Créditos a transferir |
|
Progr. |
Económica |
|
|
|
011 |
913.01 |
Deuda Pública. Amortización de préstamos a largo plazo de entes de fuera del sector público |
11.522,90€ |
2400,00€ |
920 |
227.08 |
Administración General / Servicios de recaudación a favor de la Entidad |
33500,00€ |
15000,00€ |
|
|
TOTAL |
|
17.400,00€ |
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos a incorporar |
|
Progr. |
Económica |
|
|
153.2 |
210 |
Vías públicas. Infraestructuras y bienes naturales. |
6000,00€ |
162.1 |
463 |
Recogida de residuos A Mancomunidades |
250,00€ |
231 |
221.99 |
Asistencia social primaria . Otros suministros |
45,83€ |
334 |
226.09 |
Promoción cultural. Actividades culturales y deportivas |
11.104.17€ |
|
|
TOTAL |
17.400,00€ |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Tendilla a 9 de enero de 2025. El Primer Teniente de Alcalde en funciones de Alcaldía: Israel Pérez Ortega.