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Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
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Chiloeches
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Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
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Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
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Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
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Guadalajara
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Hontoba
Horche
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Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
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Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
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Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
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Mantiel
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Mazuecos
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Megina
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Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
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Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
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Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
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Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
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Tierzo
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Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
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Valderrebollo
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Lunes, 09 Diciembre 2024 08:12

RESOLUCIÓN DE DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO SOSTENIBLE EN GUADALAJARA POR LA QUE SE OTORGA A PULSAR PROPERTIES S.A. LA AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA, AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN Y RECONOCIMIENTO EN CONCRETO DE L

3910

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JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA - LA MANCHA. CONSEJERÍA DE DESARROLLO SOSTENIBLE


3910

Examinado el procedimiento instruido en esta Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible en Guadalajara, a solicitud de la empresa Pulsar Properties S.A., en el que solicita Autorización Administrativa Previa, Autorización Administrativa de Construcción y Reconocimiento de la Utilidad Pública del proyecto con título Proyecto de acometida en alta tensión (20 kV) desde ST Fontanar para dar suministro al sector S-4 situado en Tórtola de Henares (Guadalajara), con número de expediente 2023DIST-CES002.

Vista la solicitud y documentación que le acompaña, se procede a la Resolución del presente expediente de autorización en base a los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero. Con fecha de 24 de enero de 2023 (núm. registro: 337027), tuvo entrada en esta Administración documentación relativa a la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción, del grupo primero de instalaciones de alta tensión. El titular de la solicitud es PULSAR PROPERTIES S.A.

Segundo. Conforme el Decreto 80/2007, de 19 de junio de 2007, en sus artículos 13, 8, 9 y 11, se dará traslado a las distintas Administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general, en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo por medio de una separata del proyecto a fin de que puedan presentar su conformidad u oposición al mismo y en su caso impongan los condicionados que estimen oportunos.

En este sentido el solicitante ha identificado como Administraciones y organismos afectados:

  • ADIF: se le remite separata definitiva del proyecto con fecha de 29 de mayo de 2024. Se presenta informe N/REF: 2023-1386-ISA de condicionado técnico. Se remite el condicionado técnico al solicitante el 28 de noviembre de 2024. Se presenta con fecha 28 de noviembre de 2024 Resolución Ref. 2023-1096RC de ADIF otorgando autorización.
  • Ayuntamiento de Fontanar: se le remite separata definitiva del proyecto con fecha de 29 de mayo de 2024. Transcurrido el plazo reglamentariamente establecido, no se ha recibido respuesta por parte de dicho organismo afectado, por lo que se entiende su conformidad al proyecto.
  • Ayuntamiento de Guadalajara: se le remite separata definitiva del proyecto con fecha de 29 de mayo de 2024. Transcurrido el plazo reglamentariamente establecido, no se ha recibido respuesta por parte de dicho organismo afectado, por lo que se entiende su conformidad al proyecto.
  • Ayuntamiento de Tórtola de Henares: se le remite separata definitiva del proyecto con fecha de 29 de mayo de 2024. Transcurrido el plazo reglamentariamente establecido, no se ha recibido respuesta por parte de dicho organismo afectado, por lo que se entiende su conformidad al proyecto.
  • Consejería de Fomento (Dirección General de Carreteras): se le remite separata definitiva del proyecto con fecha de 29 de mayo de 2024. Se presenta con fecha 06 de noviembre de 2024 informe Referencia: GU-10099-22-SC dando su conformidad con un condicionado técnico. Remitiéndose al solicitante el 21 de noviembre de 2024. Y es aceptado el condicionamiento técnico por el solicitante con fecha 29 de noviembre de 2024.
  • Confederación hidrográfica del Tajo: se le remite separata definitiva del proyecto con fecha de 29 de mayo de 2024. Se presenta con fecha 18 de septiembre el informe N/REF: INF-0300/2024 de la Confederación Hidrográfica del Tajo. Se traslada al solicitante con fecha 2 de octubre de 2024. Se acepta el condicionado técnico por el solicitante el 11 de octubre de 2024, siendo reenviado la aceptación a dicho organismo el 16 de octubre de 2024.
  • Diputación Provincial de Guadalajara: se le remite separata definitiva del proyecto con fecha de 29 de mayo de 2024. Transcurrido el plazo reglamentariamente establecido, no se ha recibido respuesta por parte de dicho organismo afectado, por lo que se entiende su conformidad al proyecto.
  • ENAGAS: se le remite separata definitiva del proyecto con fecha de 29 de mayo de 2024. Transcurrido el plazo reglamentariamente establecido, no se ha recibido respuesta por parte de dicho organismo afectado, por lo que se entiende su conformidad al proyecto.
  • Medio Natural: se le remite separata definitiva del proyecto con fecha de 29 de mayo de 2024. Se informa favorablemente por este organismo con fecha 04 de junio de 2024
  • Comunidad de Regantes del Canal del Henares: se le remite separata definitiva del proyecto con fecha de 29 de mayo de 2024. Se presenta una autorización condicionada de fecha 18 de junio de 2024 de dicho organismo. Se remite al dicho documento al solicitante con fecha 9 de agosto de 2024. No presentando reparos en el plazo establecido, por lo que se entiende su conformidad a este condicionamiento técnico.

Tercero. El proyecto fue sometido a información pública en los siguientes medios: Diario Oficial de Castilla La Mancha (23 de agosto de 2024); Boletín Oficial del Estado (29 de agosto de 2024); Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara (13 de agosto de 2024); en el tablón de anuncio de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha (15 de agosto de 2024); en el tablón de anuncios de los siguientes ayuntamientos: Excelentísimo Ayuntamiento de Fontanar (29 de agosto de 2024), Excelentísimo Ayuntamiento de Guadalajara (9 de agosto de 2024) y excelentísimo Ayuntamiento de Tórtola de Henares (9 de agosto de 2024); y, en el periódico local Nueva Alcarria (23 de agosto de 2024).

Se han efectuado alegaciones procedentes de las siguientes personas:

  • Alberto Higuera Toledano: Con fecha de 14 de octubre de 2024 se recibe por su parte alegación al proyecto, que se remite al titular de la solicitud el 21 de octubre de 2024. Con fecha de 29 de noviembre de 2024, se recibe contestación a la alegación procedente del titular. En base a todo ello, la alegación es desestimada.
  • Luis Martínez Nuño: Con fecha de 7 de noviembre de 2024 se recibe por su parte alegación al proyecto, que se remite al titular de la solicitud el 22 de noviembre de 2024. Con fecha de 22 de noviembre de 2024 se recibe contestación a la alegación procedente del titular. En base a todo ello, la alegación es desestimada.

Cuarto. La última presentación de documentación al expediente administrativo que realiza el solicitante es con fecha 29 de noviembre de 2024. Con esta última presentación se da por concluida la presentación de documentación necesaria para conceder la autorización solicitada.

Quinto. En cuanto a la tramitación de la solicitud de declaración de utilidad pública de la instalación, se emite informe jurídico favorable por técnico jurídico del Servicio de Industria y Energía de Guadalajara con fecha 22 noviembre de 2024.

Sexto. El procedimiento está sujeto al trámite de evaluación de impacto ambiental simplificada, en este sentido el órgano ambiental competente formulo resolución con fecha 18 de abril de 2024 en el que se indica lo siguiente a modo de conclusión:

“ Como consecuencia del análisis realizado, esta Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Guadalajara, en virtud en virtud del Decreto 112/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Resolución de 27 de septiembre de 2023 de la Dirección General de Calidad Ambiental, por la que se delegan competencias en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Desarrollo Sostenible, resuelve que el proyecto: RSMT Y RAMT (20 KV) desde ST Fontanar hasta el sector S4 de Tórtola de Henares; en los términos municipales de Fontanar, Guadalajara y Tórtola de Henares (Guadalajara) (Exp. PRO-GU-23-0703), no necesita someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria por estimarse que no tiene efectos significativos en el medio ambiente, siempre que se realice conforme a las medidas ambientales y de seguimiento propuestas en el proyecto presentado por el promotor y se cumplan todas las prescripciones y requisitos ambientales que se desprenden del presente informe de impacto ambiental.”

En dicho informe de impacto ambiental del proyecto se recogen las especificaciones para el seguimiento ambiental del proyecto, que son las siguientes:

De acuerdo con el artículo 64 de la Ley 2/2020 de 7 de febrero, de evaluación ambiental de Castilla-La Mancha, corresponde al órgano sustantivo el seguimiento del cumplimiento del informe de impacto ambiental.

El promotor remitirá al órgano sustantivo un informe de seguimiento sobre el cumplimiento de las condiciones, o de las medidas correctoras y compensatorias establecidas. Este informe incluirá un listado de comprobación de las medidas previstas en el programa de vigilancia. Cada informe deberá estar suscrito conjuntamente por el promotor y el responsable del seguimiento y vigilancia ambiental del proyecto. De dicho informe se presentará copia al órgano ambiental.

El órgano ambiental podrá recabar información y realizar las comprobaciones que considere necesarias para verificar el cumplimiento del condicionado del informe de impacto ambiental.

Para llevar a cabo el programa de seguimiento y vigilancia el promotor deberá designar un responsable del mismo, que podrá ser personal interno o externo de la empresa promotora, y notificar su nombramiento tanto al órgano sustantivo como ambiental.

Todas las actuaciones y mediciones que se realicen en aplicación del programa de vigilancia ambiental, deberán tener constancia escrita y gráfica mediante actas, lecturas, estadillos, fotografías y planos, de forma que permitan comprobar la correcta ejecución y cumplimiento de las condiciones establecidas, y la normativa vigente que le sea de aplicación.

Esta documentación recogerá todos los datos desde el inicio de los trabajos de construcción estando a disposición de los órganos de inspección y vigilancia.

El seguimiento y la vigilancia incidirán especialmente en los siguientes puntos:

  • Vigilancia en la construcción y funcionamiento de las instalaciones, para verificar que se están cumpliendo las condiciones establecidas en el documento ambiental y en la presente Resolución
  • Control de la no afección a ejemplares arbóreos de gran porte.
  • Control para ajustar a la mínima anchura la apertura del nuevo trazado con el fin de minimizar la afección a la vegetación especialmente en las zonas con hábitat de interés comunitario. Para asegurar la no afección a la vegetación protegida, el replanteo del trazado y de las vías de acceso, así́ como el señalamiento, deberán llevarse a cabo con la colaboración de los agentes medioambientales.
  • Control de la no utilización de herbicidas, plaguicidas, insecticidas, rodenticidas y otros productos químicos que puedan afectar a la fauna silvestre.
  • Control de la parada biológica en el tramo que discurre en la ZEC Riberas del Henares.
  • Control, en otras zonas, de la posible existencia de nidos que puedan requerir la imposición de una parada biológica, en colaboración con los agentes medioambientales.
  • Control de no afección al ZEC Ribera del Henares.
  • Control de no afección a los cursos de agua cercanos.
  • Control de la correcta gestión de los residuos producidos.
  • Control de la aparición de restos arqueológicos durante las obras.
  • Control de la señalización del trazado de la línea.
  • Control de la instalación de señalización anticolisión.
  • Control de la ejecución de las medidas compensatorias: eliminación de especies exóticas invasoras, seguimiento quincenal de afección a la fauna, corrección de apoyos peligrosos dentro de los plazos indicados en esta Resolución.

Del examen de la documentación recibida y de las inspecciones llevadas a cabo se podrán derivar modificaciones de las actuaciones previstas, en función de una mejor consecución de los objetivos de esta Resolución.

El programa de vigilancia ambiental y el listado de comprobación se harán públicos en la sede electrónica del órgano sustantivo.

Posteriormente a la resolución ambiental mencionada, se hizo consulta al órgano ambiental con fecha 24 de junio de 2024 para conocer si era necesario modificar el informe de impacto ambiental, a causa de las modificaciones hechas por el solicitante en la instalación, el órgano ambiental concluyo que no era necesario someterse a un nuevo procedimiento de evaluación ambiental.

Séptimo. Informe técnico favorable de fecha 29 de noviembre de 2024 e informe jurídico favorable de fecha 22 noviembre de 2024 del servicio de industria.

A los anteriores hechos son aplicables los siguientes

Fundamentos de derecho:

Primero. La competencia para autorizar las instalaciones de producción, distribución y transporte de energía, cuando el transporte no salga del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha y su aprovechamiento no afecte a otra Comunidad Autónoma, se sustenta en el Decreto 68/2023, de 9 de julio, por el que se establece la estructura de la Administración Regional, fijando el número y denominación de las Consejerías, entre las cuales figura la Consejería de Consejería de Desarrollo Sostenible, que es desarrollada por el Decreto 112/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Consejería de Desarrollo Sostenible, la cual determina en su artículo 1 que la Consejería de Consejería de Desarrollo Sostenible es el órgano de la Administración Autonómica de Castilla-La Mancha al que le compete promover y ejecutar la política del Gobierno regional, entre otras materias, la energética, en lo que tenga atribuido en el marco de la Constitución y del Estatuto de Autonomía y no estén expresamente atribuidas a otra Consejería. Todo ello sin perjuicio de lo establecido en los números 22 y 25 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución.

En este mismo sentido se pronuncia la Resolución de 3/09/2019, de la Dirección General de Transición Energética, sobre delegación de competencias en los/as delegados/as provinciales, que delega las competencias al respecto de los procedimientos expropiatorios en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de esta Consejería, en su respectivo ámbito territorial, en relación a la potestad expropiatoria, el ejercicio de las siguientes competencias:

  1. Dentro del procedimiento expropiatorio de urgencia, las fases de levantamiento de actas previas a la ocupación, incluida la fijación de la indemnización por los perjuicios derivados de la rapidez en la ocupación, la ocupación misma y la de justiprecio y pago.
  2. La resolución de las solicitudes relativas al artículo 23 de la Ley 56 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

En base a ello, y a la solicitud presentada, se entiende que corresponde a esta Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible en Guadalajara su resolución.

Segundo. Esta autorización se otorga en base a las condiciones generales que prevé la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y el Decreto 80/2007, de 19- 06-2007, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, en uso de las atribuciones legalmente establecidas,

Resuelvo

Primero. Otorgar a Pulsar Properties S.A. la Autorización Administrativa Previa al proyecto con título: Proyecto de acometida en alta tensión (20 kV) desde ST Fontanar para dar suministro al sector S-4 situado en Tórtola de Henares (Guadalajara), con número de expediente 2023DIST-CES002., lo que supone el reconocimiento a empresa autorizada del derecho a realizar una instalación concreta que se otorga en base a los siguientes requisitos:

1º. La presente Autorización Administrativa en ningún caso se concede con derechos exclusivos de uso.

2º. La presente Autorización Administrativa se otorga sin perjuicio e independientemente de otras autorizaciones, concesiones, licencias o permisos que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, la correspondiente legislación sectorial y en especial la de ordenación del territorio, urbanismo y medio ambiente.

Segundo. Otorgar a Pulsar Properties S.A. Autorización Administrativa de Construcción, que permite al titular realizar la construcción de la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles para el proyecto con título: Proyecto de acometida en alta tensión (20 kV) desde ST Fontanar para dar suministro al sector S-4 situado en Tórtola de Henares (Guadalajara), con número de expediente 2023DIST-CES002. redactado y suscrito por el Ingeniero Técnico Industrial Alejandro Trullench Arenas con nº 18322 del COIIM, en fecha de 07 de mayo de 2024 con las características básicas siguientes:

Líneas alta tensión

Nueva Línea De Alta Tensión (Circuito 1 Tramo 1)

N.º Expediente:

2023DIST-CES002

Nº Instalación:

19211001377

Titular:

Pulsar Properties S.A.

Ubicación:

Fontanar, Guadalajara

Año:

2024

Tipo de conductor:

HEPRZ-1 (3X400) mm 2 AL 12/20 kV (AS)

N.º Circuitos:

2

Tipo de instalación:

Subterránea bajo tubo 200 mm

Longitud (metros):

2 x 1.160

Tensión:

20 kV

Origen (Coordenadas UTM ETRS89):

X=484.382 Y=4.510.038

Fin (Coordenadas UTM ETRS89):

X=484.595 Y=4.509.383

Otras características:

 

Nueva línea de alta tensión (Circuito 1 Tramo 2)

N.º Expediente:

2023DIST-CES002

Nº Instalación:

19211001378

Titular:

Pulsar Properties S.A.

Ubicación:

Fontanar, Guadalajara

Año:

2024

Tipo de conductor:

LA-180

N.º Circuitos:

2

Tipo de instalación:

Aéreo en doble circuito

Longitud (metros):

2 x 2.557

Tensión:

20 kV

Origen (Coordenadas UTM ETRS89):

X=484.595 Y=4.509.383

Fin (Coordenadas UTM ETRS89):

X=486.095 Y=4.507.761

Otras características:

 

Nueva línea de alta tensión (circuito 1 tramo 3)

N.º Expediente:

2023DIST-CES002

N.º Instalación:

19211001379

Titular:

Pulsar Properties S.A.

Ubicación:

Fontanar, Guadalajara

Año:

2024

Tipo de conductor:

HEPRZ-1 (3X400) mm 2 AL 12/20 kV (AS)

N.º Circuitos:

2

Tipo de instalación:

Subterránea bajo tubo 200mm

Longitud (metros):

2 x 500

Tensión:

20 kV

Origen (Coordenadas UTM ETRS89):

X=486.095 Y=4.507.761

Fin (Coordenadas UTM ETRS89):

X=486.440 Y=4.507.563

Otras características:

 

Nueva línea de alta tensión (Circuito 1 Tramo 4)

N.º Expediente:

2023DIST-CES002

Nº Instalación:

19211001380

Titular:

Pulsar Properties S.A.

Ubicación:

Fontanar, Guadalajara y Tórtola de Henares, Guadalajara

Año:

2024

Tipo de conductor:

LA-180

Nº Circuitos:

2

Tipo de instalación:

Aéreo en doble circuito

Longitud (metros):

2 x 4.133

Tensión:

20 kV

Origen (Coordenadas UTM ETRS89):

X=486.440 Y=4.507.563

Fin (Coordenadas UTM ETRS89):

X=489.562 Y=4.505.110

Otras características:

 

Nueva línea de alta tensión (Circuito 1 Tramo 5)

N.º Expediente:

2023DIST-CES002

Nº Instalación:

19211001381

Titular:

Pulsar Properties S.A.

Ubicación:

Guadalajara

Año:

2024

Tipo de conductor:

HEPRZ-1 (3X400) mm2 AL 12/20 kV (AS)

Nº Circuitos:

2

Tipo de instalación:

Subterránea bajo tubo 200 mm

Longitud (metros):

2 x 605

Tensión:

20 kV

Origen (Coordenadas UTM ETRS89):

X=489.562 Y=4.505.110

Fin (Coordenadas UTM ETRS89):

X=489.779 Y=4.504.695

Otras características:

 

La anterior descripción tiene carácter meramente indicativo. Para una descripción detallada de la misma se deberá acudir a la documentación técnica que se encuentra en el expediente en base al cual se realizarán las instalaciones, conforme sus especificaciones y planos y bajo las siguientes condiciones:

  1. La Autorización Administrativa Previa en ningún caso ha de concederse con derechos exclusivos de uso.
  2. La Autorización Administrativa Previa se debe otorgar sin perjuicio e independientemente de otras autorizaciones, concesiones, licencias o permisos que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, la correspondiente legislación sectorial y en especial la de ordenación del territorio, urbanismo y medio ambiente.
  3. La Autorización Administrativa de Construcción se debe otorgar sin perjuicio e independientemente de otras autorizaciones, concesiones, licencias o permisos que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, la correspondiente legislación sectorial y en especial la de ordenación del territorio, urbanismos y medio ambiente.
  4. La empresa PULSAR PROPERTIES, S.A. deberá realizar los correspondientes cruces, paralelismos y afecciones de conformidad con las condiciones y limitaciones que figuren en los informes que las administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicio de interés general hayan realizado. Aquellas condiciones y limitaciones de seguridad se aplicarán con arreglo a los Reglamentos y normas técnicas vigentes.
  5. En el caso de que se resuelva favorablemente, se debe especificar un plazo, para la ejecución del proyecto a partir de la fecha en la que se emita la Resolución. A este respecto se propone un plazo de 2 años. De conformidad con la normativa, dicho plazo podrá ser ampliado previa solicitud motivada del titular.
  6. Con independencia del plazo establecido en la condición anterior, los derechos que en su caso otorga la supuesta autorización administrativa previa y de construcción deberán quedar condicionados, dejándolos sin efectos, cuando la vigencia de las autorizaciones, concesiones, licencias o permisos exigibles en materia ambiental no se hayan obtenido o aquellas no se encuentren vigentes y con plena eficacia. La pérdida de vigencia y/o efectos de las citadas autorizaciones, concesiones, licencias o permisos ambientales, no supondrá una paralización del plazo indicado en la condición tercera anterior, sin perjuicio de que el titular ejerza su derecho a formular la correspondiente solicitud motivad de aplicación, que será tramitada conforme el Artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  7. En su caso, la resolución debe quedar condicionada al hecho de que el incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en las autorizaciones o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación.
  8. En su caso, la resolución debe quedar condicionada a que cualquier modificación sustancial que afecte a las características básicas de la instalación proyectada o modifique la afección a terceros requerirá la valoración por parte de la Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible en Guadalajara sobre la necesidad de obtener o no una nueva Autorización Administrativa y/o Autorización Administrativa de Construcción.
  9. Previamente a la puesta en tensión de la/s instalación/es deberá de contar con todas aquellas otras autorizaciones, concesiones, licencias o permisos que sean necesarios, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, la correspondiente legislación sectorial y en especial la de ordenación del territorio, urbanismo y medio ambiente.
  10. El titular de la instalación se responsabilizará del mantenimiento, conservación y funcionamiento, así como de la verificación e inspección periódica de las instalaciones de su propiedad y de aquellas que les sean cedidas bajo las condiciones reglamentarias establecidas.
  11. El procedimiento está sujeto a las condiciones fijadas en el informe de impacto ambiental emitido por el órgano ambiental, en caso de incumplimiento de dichas condiciones, las autorizaciones concedidas por esta Administración quedaran anuladas, siendo necesario iniciar un nuevo procedimiento, todo ello sin perjuicio de las posibles actuaciones sancionadoras.
  12. Cualquier ampliación y/o modificación de las instalaciones eléctricas de alta tensión de distribución de energía eléctrica queda condicionada al cumplimiento del procedimiento de autorización, en su caso establecido por la legislación sectorial vigente.
  13. En su caso, la resolución debe quedar condicionada a que las instalaciones, los elementos técnicos y materiales deberán ajustarse a los correspondientes reglamentos, normas técnicas de seguridad y calidad industriales, de conformidad a lo previsto en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y demás normativa que resulte de aplicación. En todo momento se deberá cumplir lo indicado en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y el Decreto 80/2007, de 19- 06-2007, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección, así como el resto del ordenamiento jurídico.

Tercero. Declarar de Utilidad Pública la instalación eléctrica de referencia, con las características indicadas, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso.

La declaración de utilidad pública lleva implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.

Igualmente, supone el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.

La servidumbre de paso de energía eléctrica tendrá la consideración de servidumbre legal, gravará los bienes ajenos en la forma y con el alcance que se determina en la Ley 24/2013 y se regirá por lo dispuesto en la misma, en sus disposiciones de desarrollo, así como en la legislación especial aplicable.

La servidumbre comprenderá igualmente el derecho de paso o acceso y la ocupación temporal de terrenos u otros bienes necesarios para construcción, vigilancia, conservación, reparación de las correspondientes instalaciones, así como la tala de arbolado, si fuera necesario.

Cuarto. Acordar la iniciación del procedimiento expropiatorio que regula el Artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y su Reglamento de desarrollo, respecto de los bienes y derechos afectados por el proyecto antes citado y que se describen en la relación de afectados que se une como Anexo a la presente Resolución.

Quinto. El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en las autorizaciones o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación.

Sexto. Cualquier modificación sustancial que afecte a las características básicas de la instalación proyectada o modifique la afección a terceros requerirá la valoración por parte de la Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible en Guadalajara sobre la necesidad de obtener o no una nueva Autorización Administrativa y/o Autorización Administrativa de Construcción y/o Declaración de Utilidad Pública.

Séptimo. Las instalaciones, los elementos técnicos y materiales deberán ajustarse a los correspondientes reglamentos, normas técnicas de seguridad y calidad industriales, de conformidad a lo previsto en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y demás normativa que resulte de aplicación. En todo momento se deberá cumplir lo indicado en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y el Decreto 80/2007, de 19- 06-2007, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección, así como el resto del ordenamiento jurídico.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha, en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE nº 236, de 2 de octubre de 2015) del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la interposición de cualquier recurso deberá realizarse a través de medios electrónicos cuando el recurrente (o su representante) tenga obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos, a través del correspondiente enlace de la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:

https://www.jccm.es/sede/tramite/KGU (apartado “Tramitación Online”).

Para aquellos sujetos no obligados a relacionarse por medios electrónicos con la Administración podrán utilizar esa misma vía, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra de las recogidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

En Guadalajara a 2 de diciembre de 2024.El Delegado Provincial.Fdo.: Rubén García Ortega

Anexo I. Relación de bienes y derechos afectados declarados de necesaria ocupación

N.º Finca

Datos Catastrales

Propietario Registral

Titular Catastral

Paraje

Naturaleza del suelo

Municipio

Provincia

Servidumbre de Paso Aéreo

 

Polí

Parc

Longitud de vuelo sobre el predio sirviente (m.l.)

/s de Apoyo/s

Cantidad de Apoyos

Superficie Ocupada por Apoyos (m2)

Servidumbre de Vuelo (m²)

Ocupación. Temp. (m²)

 

Tipo

Uso

Cultivo

 

1

1

57

N. Finca Registral

1804

Propietario

Juan Martínez Aymi

Juan Martínez Aymi

Carrazarzuela

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

400,04

1,2,3

3

6,9144

2.873,62

300

 

2

1

54

No inscrita

Manuela Blas Notario

Las colgaduras

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

-

-

-

-

106,65

-

 

3

1

55

N. Finca Registral

2120

Propietario

Esther de Andrés García & María Carmen de Andrés García & Carlos de Andrés García

Francisco Andrés Pedro

Era vieja

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

240,21

4,5

2

3,2546

1.584,52

200

 

4

1

9028

No inscrita

Ayto. de Fontanar

Camino

Rústico

Agrario

Vía de comunicación de dominio público

Fontanar

Guadalajara

15,39

-

-

-

16,42

-

 

5

1

9030

No inscrita

Junta de Comunidades de Castilla la Mancha

Cr cm-101

Rústico

Agrario

Vía de comunicación de dominio público

Fontanar

Guadalajara

-

-

-

-

86,48

-

 

6

1

90

No inscrita

Pilar Blas Notario

Las colgaduras

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

144,22

6

1

1,69

779,03

100

 

7

1

91

No inscrita

Bonifacio Bravo Zurita

Las colgaduras

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

-

-

-

-

63,36

-

 

8

1

427

No inscrita

Juan de Dios Sánchez López

La correa

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

10,86

-

-

-

85,43

-

 

9

1

9031

No inscrita

Junta de Comunidades de Castilla la Mancha

Cr cm-101

Rústico

Agrario

Vía de comunicación de dominio público

Fontanar

Guadalajara

35,65

-

-

-

245,62

-

 

10

1

121

No inscrita

Jaime Urbina Díaz

La correa

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

184,04

7,8

2

5,9305

1.049,21

200

 

11

1

9034

No inscrita

Junta de Comunidades de Castilla la Mancha

Vereda senda galiana

Rústico

Agrario

Vía de comunicación de dominio público

Fontanar

Guadalajara

24,78

-

-

-

145,72

-

 

12

1

425

No inscrita

Jaime Urbina Díaz

La correa

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

238,27

9,10

2

13,1072

1.410,45

100

 

13

1

398

No inscrita

Antonio Garralon Esteban

El cementerio

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

364,41

11,12,13

3

4,6043

2.126,60

300

 

14

1

545

N. Finca Registral

4122

Propietario

Enrique Esteban Martínez

&

Eusebia Mainez Pardo

Enrique Esteban Martínez & Eusebio Mainez Pardo

Los estanques

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

7,18

-

-

-

30,03

-

 

15

1

546

No inscrita

Juan Esteban Martínez & Petra González Hernando

Los estanques

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

41,81

-

-

-

225,20

-

 

16

1

116

N. Finca Registral

1987

Propietario

Salvador Arco Vallegas & Concepción Puerta Panadero

Antonio Garralon Esteban

Los estanques

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

30,77

-

-

-

153,26

-

 

17

1

9038

No inscrita

Ayto Fontanar

Camino

Rústico

Agrario

Vía de comunicación de dominio público

Fontanar

Guadalajara

5,27

-

-

-

22,96

-

 

18

1

112

No inscrita

María Milagros Esteban Rodríguez & Ana María Esteban Rodríguez & Luis Miguel Esteban Rodríguez & Carmen Esteban Rodríguez

La murcia

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

16,51

14

1

1,5876

53,43

100

 

19

1

111

N. Finca Registral

1830

Propietario

José Esteban Bermejo

José Esteban Bermejo

La murcia

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

20,92

-

-

-

96,86

-

 

20

1

110

N. Finca Registral

1874

Propietario

Felisa González Varela

Felisa González Varela

La murcia

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

20,09

-

-

-

140,78

-

 

21

1

109

N. Finca Registral

1842

Propietario

Julián Garces Ruiz & Juana Esteban Andrés

Amparo Esteban Garces

La murcia

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

23,40

-

-

-

199,86

-

 

22

1

108

N. Finca Registral

1904

Propietario

Juan Garralon Esteban & Concepción de Lucas Calatayud

Juan Garralon Esteban

La murcia

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

41,76

-

-

-

373,27

-

 

23

1

107

No inscrita

Bonifacio Meléndez Pérez

La murcia

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

55,45

15

1

4,9284

309,72

100

 

24

1

106

N. Finca Registral

1974

Propietario

José del Castillo Pérez & Concepción Salmerón Fernández

José del Castillo Pérez

La murcia

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

30,36

-

-

-

143,89

-

 

25

1

105

N. Finca Registral

1976

Propietario

José del Castillo Pérez

José del Castillo Pérez

La murcia

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

23,83

-

-

-

151,48

-

 

26

1

104

N. Finca Registral

1978

Propietario

José del Castillo Pérez

José del Castillo Pérez

La murcia

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

28,8

-

-

-

194,83

-

 

27

1

103

N. Finca Registral

1824

Propietario

Rosario Esteban Garces

María Esteban Andrés

La murcia

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

54,42

-

-

-

342,80

-

 

28

1

102

N. Finca Registral

2039

Propietario

Julián Garces Pérez & Antonio Garces Pérez

Julián Garces Pérez & Antonio Garces Pérez

La murcia

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

44,56

-

-

-

185,68

-

 

29

1

417

No inscrita

Juan Garralon Esteban

La murcia

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

8,06

16

1

5,6644

21,92

100

 

30

1

9043

No inscrita

Administrador Infraestructura Ferroviarias

Ffcc Madrid-Zaragoza

Rústico

Agrario

Vía férrea

Fontanar

Guadalajara

26,27

-

-

-

204,09

-

 

31

1

20151

No inscrita

Alberto Higuera Toledano

Los estanques

Rústico

Agrario

Vía de comunicación de dominio público

Fontanar

Guadalajara

282,69

17,18

2

8,4857

1.689,92

200

 

32

1

9053

No inscrita

Junta de Comunidades de Castilla la Mancha

Vereda de sanchartes

Rústico

Agrario

Vía de comunicación de dominio público

Fontanar

Guadalajara

21,82

-

-

-

113,77

-

 

33

1

9047

No inscrita

Ayuntamiento Fontanar

Camino

Rústico

Agrario

Vía de comunicación de dominio público

Fontanar

Guadalajara

5,02

-

-

-

19,75

-

 

34

1

10432

No inscrita

Alberto Higuera Toledano

Dehesillas

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

37,48

19

1

1,9321

156,20

100

 

35

1

20432

No inscrita

Alberto Higuera Toledano

Dehesillas

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

70,64

20

1

3,5344

344,70

100

 

36

1

153

No inscrita

María de Molina 22 SL

La cartuja

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

230,91

1,2

2

5,072

1.178,15

200

 

37

13

16

N. Finca Registral

4777

Propietario

María Rosa Benito Mojón

María Rosa Benito Mojón

Boca albar

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

170,79

3,4

2

5,072

1.145,89

200

 

38

13

42

No inscrita

Juana de la Torre Baeza & Rosa Felicidad Benito Cuadrado &Ángel Benito Cuadrado & Luis Miguel Benito Cuadro & Julia Carmen Benito Cuadrado &Ignacio Molina Benito & Petra Cabellos Hernando & Jesús Miguel Benito de la Torre & María Belén Benito de la Torre & Luis Mariano Benito de la Torre

Boca albar

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

223,35

5

1

1,7161

1.342,66

100

 

39

2

175

No inscrita

María Milagros Merencio Miedes & Rafael Merencio Miedes

Cervantes

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Guadalajara

Guadalajara

208,84

6,7

2

3,0505

1.165,73

200

 

40

2

90

No inscrita

Dagu SA

Cervantes

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Guadalajara

Guadalajara

119,54

8

1

1,69

666,50

100

 

41

2

99

No inscrita

María de las Mercedes Martínez Pareja

Cervantes

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Guadalajara

Guadalajara

182,75

9,10

2

8,4857

1.240,14

200

 

42

2

88

No inscrita

María Milagros Merencio Miedes & Rafael Merencio Miedes

Cervantes

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Guadalajara

Guadalajara

22,19

-

-

-

115,26

-

 

43

2

89

No inscrita

Roberto Ruiz Miedes

Cervantes

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Guadalajara

Guadalajara

119,6

-

-

-

1.024,61

-

 

44

2

86

No inscrita

Alejandro Benito Martínez & Eduardo Antonio Benito Martínez & Patricia Benito Martínez

Cervantes

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Guadalajara

Guadalajara

13,58

-

-

-

60,24

-

 

45

11

49

N. Finca Registral

4932

Propietario

José Catalina Nuño & Ángel Catalina Nuño

María del Rosario de la Torre Ramiro

La juncailla

Rústico

Agrario

Labor -Tierra arable

Tórtola de henares

Guadalajara

328,25

11,12,13

3

5,5542

2.312,51

300

 

46

2

83

No inscrita

María Milagros Merencio Miedes & Rafael Merencio Miedes

Cervantes

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Guadalajara

Guadalajara

35,04

-

-

-

268,45

0

 

47

2

84

No inscrita

Presentación Monge Martínez

Cervantes

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Guadalajara

Guadalajara

178,94

14

1

1,9321

1.306,66

100

 

48

11

10

N. Finca Registral

2921

Propietario

Fátima Martínez Pareja

Fátima Martínez Pareja

Zarrazuela

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

140,58

15

1

1,5129

957,19

100

 

49

11

11

N. Finca Registral

2922

Propietario

Bernabé Señor Marcos

Bernabé Señor Marcos

Zarrazuela

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

62,63

-

-

-

514,17

-

 

50

11

9002

No inscrita

Ayuntamiento de Tórtola de Henares

Cno zarzuela

Rústico

Agrario

Improductivo

Tórtola de henares

Guadalajara

4,9

-

-

-

25,49

-

 

51

11

30

N. Finca Registral

2947

Propietario

Petra Cabellos Hernando

Petra Cabellos Hernando

Serrezuela

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

168,84

16,17

2

6,466

925,16

200

 

52

11

29

N. Finca Registral

2946

Propietario

Margarita Señor Benito & Leoncio Martínez Marcos

Margarita Señor Benito

Serrezuela

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

159,16

18

1

1,5129

1.192,75

100

 

53

11

24

N. Finca Registral

2941

Propietario

Pedro Martínez Gabriel

Pedro Martínez Gabriel

Solana dehesa

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

160,62

19

1

1,5376

966,59

100

 

54

11

5111

No inscrita

Bienes Comunales

El tejar

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

44,97

20

1

1,3225

185,64

100

 

55

11

21

N. Finca Registral

2938

Propietario

Julio Marcos Nuño

Purificación Marcos Marcos

Bco colmenar

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

94,42

21

1

3,5344

407,09

100

 

56

11

9003

No inscrita

Ayto Tórtola de Henares

Cno solana huerta

Rústico

Agrario

Vía de comunicación de dominio público

Tórtola de henares

Guadalajara

3,97

-

-

-

24,39

-

 

57

11

10021

No inscrita

Purificación Marcos Marcos

Bco colmenar

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

52,08

-

-

-

408,43

-

 

58

11

5106

-

Laura Nuño Molina & Francisco Fernández Martínez

Huertas del tejar

Rústico

Agrario

Huerta regadío

Tórtola de henares

Guadalajara

0,27

-

-

-

5,24

-

 

59

11

5105

No inscrita

María Pilar Martínez Avellano & Jesús Martínez Avellano

Huertas del tejar

Rústico

Agrario

Huerta regadío

Tórtola de henares

Guadalajara

9,28

-

-

-

74,34

-

 

60

11

5104

No inscrita

Margarita Señor Benito

Huertas del tejar

Rústico

Agrario

Huerta regadío

Tórtola de henares

Guadalajara

8,23

-

-

-

66,10

-

 

61

11

5103

No inscrita

María Teresa Rojas de Diego

Huertas del tejar

Rústico

Agrario

Huerta regadío

Tórtola de henares

Guadalajara

10,99

-

-

-

82,42

-

 

62

11

5100

No inscrita

Felipe Salinas Avellano & María Rosa Aguado Somolinos

Huertas del tejar

Rústico

Agrario

Huerta regadío

Tórtola de henares

Guadalajara

6,23

-

-

-

42,78

-

 

63

11

5099

N. Finca Registral

Finca

3137

Propietario

Ana María Yagues Barrio & Juan Carlos del Castillo Martínez & María Dolores del Castillo Martínez

Ana María Yagues Barrio & Juan Carlos del Castillo Martínez

Huertas del tejar

Rústico

Agrario

Huerta regadío

Tórtola de henares

Guadalajara

6,42

-

-

-

40,38

-

 

64

11

5098

No inscrita

Federico Marcos Cuadrado

Huertas del tejar

Rústico

Agrario

Huerta regadío

Tórtola de henares

Guadalajara

7,88

-

-

-

43,57

-

 

65

11

5097

No inscrita

María José Mojón Cuadrado

Huertas del tejar

Rústico

Agrario

Huerta regadío

Tórtola de henares

Guadalajara

9,08

-

-

-

40,73

-

 

66

11

5096

No inscrita

Luis Martínez Nuño

El regado

Rústico

Agrario

Huerta regadío

Tórtola de henares

Guadalajara

12,18

22

1

1,9321

44,73

100

 

67

11

9006

No inscrita

Confederación Hidrográfica del Tjo

Arroyo vega

Rústico

Agrario

Hidrografía natural

Tórtola de henares

Guadalajara

6,94

-

-

-

34,02

-

 

68

11

5145

No inscrita

María Avellano Avellano

El charcon

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

47,9

-

-

-

378,63

-

 

69

11

10048

No inscrita

Ana María Yagues Barrio & Juan Carlos del Castillo Martínez

El charcon

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

105,6

23

1

1,69

811,73

100

 

70

9

9002

No inscrita

Ayuntamiento de Tórtola de Henares

Cno cirolera

Rústico

Agrario

Vía de comunicación de dominio público

Tórtola de henares

Guadalajara

3,64

-

-

-

15,83

-

 

71

9

40

N. Finca Registral

2839

Propietario

José Fernando Pastor Martínez

José Fernando Pastor Martínez

Santa maría

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

15,55

-

-

-

80,93

0

 

72

9

10040

No inscrita

José Fernando Pastor Martínez

Santa María

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

243,79

24

1

1,7689

1.492,13

100

 

73

9

9008

No inscrita

Ayto de Tórtola de Henares

Camino

Rústico

Agrario

Vía de comunicación de dominio público

Tórtola de henares

Guadalajara

29,37

-

-

-

362,21

-

 

74

9

10039

No inscrita

Emilio Martínez Camarma

Santa maria

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

39,16

25

1

1,7689

180,84

100

 

75

9

39

N. Finca Registral

2838

Propietario

Crisanto Martínez Camarma

Emilio Martínez Camarma

Santa maria

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

4,44

-

-

-

37,12

-

 

76

9

38

N. Finca Registral

2837

Propietario

Patricia Benito Martínez & Alejandro Benito Martínez & Eduardo Antonio Benito Martínez

Patricia Benito Martínez & Alejandro Benito Martínez & Eduardo Antonio Benito Martínez

Santa maria

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

104,02

-

-

-

852,89

-

 

77

9

5022

No inscrita

Jesús Ángel Rhodes Calvo

Barranquilla

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

90,7

26

1

1,5129

520,36

100

 

78

9

5031

No inscrita

Roberto Ruiz Miedes

Barranquilla

Rústico

Agrario

Olivos secano

Tórtola de henares

Guadalajara

14,68

-

-

-

84,09

-

 

79

9

5032

No inscrita

Manuela Camarma Domínguez & Milagros Camarma Domínguez

Barranquilla

Rústico

Agrario

Olivos secano

Tórtola de henares

Guadalajara

8,86

-

-

-

42,41

-

 

80

9

5033

No inscrita

Luis Teofilo García Diaz

Barranquilla

Rústico

Agrario

Olivos secano

Tórtola de henares

Guadalajara

7,26

-

-

-

28,79

-

 

81

9

5034

No inscrita

Roberto Ruiz Miedes

Barranquilla

Rústico

Agrario

Olivos secano

Tórtola de henares

Guadalajara

8,16

27

1

1,5129

26,29

100

 

82

9

5035

No inscrita

Araceli Señor Cuadrado & Jaime Marcos Señor

Barranquilla

Rústico

Agrario

Olivos secano

Tórtola de henares

Guadalajara

12,15

-

-

-

50,91

-

 

83

9

5036

No inscrita

Jesús Marcos Cuadrado

Barranquilla

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

27,28

-

-

-

169,90

-

 

84

9

5041

No inscrita

Jesús Ángel Rhodes Calvo

Barranquilla

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

33,37

-

-

-

256,50

-

 

85

9

9007

No inscrita

Ayuntamiento de Tórtola de Henares

Cno labores

Rústico

Agrario

Improductivo

Tórtola de henares

Guadalajara

5,36

-

-

-

40,48

-

 

86

9

5046

N. Finca Registral

4599

Propietario

José Zamora Marcos & María del Carmen Aladueña Pérez

José Zamora Marcos

Barranquilla

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

51,2

-

-

-

308,67

-

 

87

9

5053

No inscrita

Jose María Señor Cuadrado

Barranquilla

Rústico

Agrario

Olivos secano

Tórtola de henares

Guadalajara

-

-

-

-

1,80

-

 

88

9

5056

No inscrita

Luis Antonio Rhodes Calvo

Barranquilla

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

18,43

28

1

5,6644

53,45

100

 

89

9

5057

No inscrita

Antonio Martínez Martínez

Barranquilla

Rústico

Agrario

Olivos secano

Tórtola de henares

Guadalajara

20,88

-

-

-

77,33

-

 

90

9

23

N. Finca Registral

2823

Propietario

Nuevas Técnicas de Construcción S.L.

Nuevas Técnicas de Construcción SL

Entre cerros

Urbano

Suelo sin edificar

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

43,33

-

-

-

276,84

-

 

91

9

5067

No inscrita

Isabel Pareja Marcos

Barranquilla

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

13,01

-

-

-

95,00

-

 

92

9

5068

No inscrita

Manuela Camarma Domínguez & Milagros Camarma Domínguez

Barranquilla

Rústico

Agrario

Olivos secano

Tórtola de henares

Guadalajara

-

-

-

-

12,96

-

 

93

9

9005

No inscrita

Ayuntamiento de Tórtola de Henares

Camino

Rústico

Agrario

Improductivo

Tórtola de henares

Guadalajara

4,9

-

-

-

29,56

-

 

94

9

10023

N. Finca Registral

2823

Propietario

Nuevas Técnicas de Construcción SL

Nuevas Técnicas de Construcción SL

Entre cerros

Urbano

Suelo sin edificar

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

41,41

29

1

1,7161

167,95

100

 

95

8

9306

No inscrita

Junta de Comunidades de Castilla la Mancha

Cañada real

Rústico

Agrario

Improductivo

Tórtola de henares

Guadalajara

28,95

-

-

-

174,35

-

 

96

8

10

N. Finca Registral

2763

Propietario

Félix Domínguez Mojón

Felix Dominguez Mojón

Albillares

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

84,3

-

-

-

747,69

-

 

97

8

5278

No inscrita

Jesús de las Heras Meco

Llanillos

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

-

-

-

-

0,003

-

 

98

8

5277

No inscrita

Alejandro Marcos Nuño

Llanillos

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

4,9

-

-

-

37,41

-

 

99

8

5276

No inscrita

Alejandro Marcos Nuño

Llanillos

Rústico

Agrario

Olivos secano

Tórtola de henares

Guadalajara

26,68

-

-

-

147,41

-

 

100

8

5275

No inscrita

Blanca Nuño de Diego

Llanillos

Rústico

Agrario

Olivos secano

Tórtola de henares

Guadalajara

32,56

30

1

1,69

136,63

100

 

101

8

5269

No inscrita

Maria Dolores Dominguez Nuño

Llanillos

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

89,07

-

-

-

514,16

-

 

102

8

5271

No inscrita

Julian Avellano de Diego

Llanillos

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Tórtola de henares

Guadalajara

18,65

31

1

4,1616

52,89

100

 

103

8

9308

No inscrita

Junta de Comunidades de Castilla la Mancha

Carretera

Rústico

Agrario

Olivos secano

Tórtola de henares

Guadalajara

42,74

-

-

-

149,13

-

 

104

8

33

N. Finca Registral

2785

Propietario

Raquel Nuño de Diego

Raquel Nuño de Diego

Alto esteva

Rústico

Agrario

Vía de comunicación de dominio público

Tórtola de henares

Guadalajara

0,98

-

-

-

3,12

-

 

105

-

-

No inscrita

Ayuntamiento de Tórtola de Henares

Cl sector urbanizable 4 3

Urbano

Sin edificar

-

Tórtola de henares

Guadalajara

5,4

32

1

2,8561

14,55

100

 

N.º Finca

Datos Catastrales

Propietario Registral

Titular Catastral

Paraje

Naturaleza del suelo

Municipio

Provincia

Servidumbre de Paso Subterráneo

 

Políg

Parc

Longitud afectada del predio sirviente (m.l.)

/s de los Registros

Cantidad de Registros

Superficie Ocupada por los Registros (m2)

Servidumbre Subterránea (m²)

Ocupación. Temp. (m²)

 

Tipo

Uso

Cultivo

 

1

-

-

No inscrita

Ayuntamiento Fontanar

AV América 8

Urbano

Sin edificar

Obr urb INT

Fontanar

Guadalajara

19,0

1

1

1

9,5

150,0

 

2

-

-

No inscrita

Ayuntamiento Fontanar

AV América 6

Urbano

Sin edificar

-

Fontanar

Guadalajara

73,63

-

-

-

36,82

375,0

 

3

-

-

No inscrita

Ayuntamiento Fontanar

AV Asia 10

Urbano

Sin edificar

-

Fontanar

Guadalajara

87,71

-

-

-

43,86

450.0

 

4

1

9017

No inscrita

Ayuntamiento Fontanar

Camino Del Canal

Rústico

Agrario

Vía de comunicación de dominio público

Fontanar

Guadalajara

48,92

14, 15

2

2

24,46

250,0

 

5

1

9018

No inscrita

Ciudad de Regantes del Canal del Henares

Canal Del Henares

Rústico

Agrario

Hidrografía construida

Fontanar

Guadalajara

13,11

-

-

-

6,56

75,0

 

6

1

9010

No inscrita

Ayuntamiento de Fontanar

Accesos Pol Industrial

Rústico

Agrario

Vía de comunicación de dominio público

Fontanar

Guadalajara

16,93

16

1

1

8,47

75,0

 

7

1

57

N.o Finca Registral

1804

Propietario

Juan Martínez Aymi

Juan Martínez Aymi

Carrazarzuela

Rústico

Agrario

Labor o labradío regadío

Fontanar

Guadalajara

56

-

-

-

165,61

300,0

 

8

1

20432

No inscrita

Alberto Higuera Toledano

Dehesillas

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Fontanar

Guadalajara

275,80

17,18,19

3

3

827,39

1650

 

9

1

287

No inscrita

EDIGES SL

Dehesillas

Rústico

Agrario

Arboles de ribera

Fontanar

Guadalajara

67,85

20,21

2

2

203,58

400

 

10

1

9052

No inscrita

Diputación de Guadalajara

Cr Gu-192 A Tortola

Rústico

Agrario

Vía comunicación de dominio público

Fontanar

Guadalajara

92,16

-

-

-

276,77

550

 

11

1

434

No inscrita

María de Molina 22 SL

La Cartuja

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Fontanar

Guadalajara

34,64

22,23

2

2

103,67

150

 

12

1

9050

No inscrita

Junta de Comunidades de Castilla la Mancha

Vereda Del Monte

Rústico

Agrario

Vía de comunicación de dominio público

Fontanar

Guadalajara

5,66

-

-

-

16,99

50

 

13

1

153

No inscrita

María de Molina 22 SL

La Cartuja

Rústico

Agrario

Labor o Labradío secano

Fontanar

Guadalajara

24,47

24

1

1

73,4

150

 

14

-

-

No inscrita

Ayuntamiento de Tórtola de Henares

CL sector urbanizable 4 3

Urbano

Sin edificar

-

Tórtola De Henares

Guadalajara

320

-

-

-

160

1900

 

Información adicional

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