AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
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El Pleno del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, en sesión ordinaria celebrada el día veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro, acordó la aprobación inicial del Reglamento regulador del funcionamiento de teletrabajo o trabajo a distancia, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento:
https://azuqueca.sedelectronica.es/transparency/1c11c66c-8c04-4a03-9322-383971413244/
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Azuqueca de Henares, a 2 de diciembre de 2024. Fdo. El Alcalde. D. Miguel Óscar Aparicio de Lucas