AYUNTAMIENTO DE PUEBLA DE BELEÑA
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En la Intervención de este Ayuntamiento y a los efectos del artículo 17 del Real Decreto-Legislativo 2/2.004 , de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público el acuerdo tomado por el Pleno de la Corporación de fecha 14 de Noviembre de 2024, de aprobación provisional de ordenación y regulación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de cementerio municipal.
Los interesados legítimos que hace referencia el artículo 18 de la citada ley podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, tanto contra el acuerdo de imposición del tributo como contra el de aprobación de la ordenanza referenciada, con sujeción a las normas que se indican a continuación
- Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
- Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.
- Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
En Puebla de Beleña, a 14 de Noviembre de 2024. Fdo.El Alcalde, David Moran Romero