AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO
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CÓDIGO BDNS: 795353
Extracto de la Resolución de 7 de noviembre de 2024 del Ayuntamiento de Marchamalo por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el Fomento del Deporte del Municipio para el ejercicio 2024.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la página web del Ayuntamiento de Marchamalo (www.marchamalo.com).
Primero.- Beneficiarios.-
Serán beneficiarios de las presentes ayudas:
- Clubes y Entidades Deportivas sin ánimo de lucro, legalmente constituidos e inscritos en el registro administrativo correspondiente, con domicilio fiscal y social en el municipio de Marchamalo, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 6 de la convocatoria.
- Deportistas individuales federados, con licencia federativa en vigor, empadronados en el Municipio de Marchamalo, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 6 de la convocatoria.
Segundo.- Objeto.-
El objeto de esta convocatoria y bases específicas es regular, con carácter general, el régimen al que han de ajustarse la concesión y justificación de subvenciones a entidades y clubes deportivos y deportistas individuales para el fomento del deporte y la actividad física en el municipio de Marchamalo.
Tercero.- Bases Reguladoras
Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Marchamalo, de fecha 12 de mayo de 2023 y en la presente convocatoria y bases específicas reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades ciudadanas para la anualidad 2024; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas; y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado.
El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva.
Cuarto.- Dotación.- El importe total de esta convocatoria se fija en 12.000 euros, según lo establecido en la aplicación presupuestaria 3410.480.00 de los presupuestos para la anualidad 2024 del Ayuntamiento de Marchamalo.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.- El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Sexto.- Otros datos.- El texto completo de la convocatoria, así como el resto de la información relevante de la convocatoria, estará publicada en la página web del Ayuntamiento de Marchamalo (www.marchamalo.com).
En Marchamalo, a 8 de noviembre de 2024. Fdo. por el Alcalde-Presidente Rafael Esteban Santamaría