AYUNTAMIENTO DE MONDÉJAR
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En cumplimiento de lo dispuesto por el Pleno de la Corporación en sesión de veinticuatro de octubre de 2024, se hace público el siguiente anuncio:
En las oficinas de este Ayuntamiento y a los efectos del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se halla expuesto al público el acuerdo de aprobación provisional de modificación de las siguientes ordenanzas fiscales:
- Ordenanza fiscal n.º 2. Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
- Ordenanza municipal n.º 3. Tasa por expedición de licencias urbanísticas (obras menores).
- Ordenanza municipal n.º 4.2. Tasa por actividad municipal de licencias de apertura de establecimientos.
- Ordenanza municipal n.º 5. Tasa por servicio de alcantarillado y depuración de aguas residuales.
- Ordenanza municipal n.º 8. Tasa por distribución de agua, incluidos los derechos de enganche, suministro, comprobación y utilización de contadores.
- Ordenanza municipal n.º 9. Tasa por ocupación de la vía pública con puestos, barracas, etc.
- Ordenanza municipal n.º 10. Tasa por la utilización de piscinas e instalaciones deportivas y otros servicios análogos.
- Ordenanza municipal n.º 11. Tasa por apertura de zanjas, calicatas y calas en terrenos de uso público local.
- Ordenanza municipal n.º 13. Tasa por ocupación de terrenos de uso público local con mercancías, materiales de construcción, escombros.
- Ordenanza municipal n.º 14. Tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas, tribunas y análogos.
- Ordenanza municipal n.º 15. Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras.
- Ordenanza municipal n.º 16. Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, instalaciones y obras (obras mayores).
- Ordenanza municipal n.º 17. Tasa por recogida y retirada de vehículos en la vía pública.
- Ordenanza municipal n.º 20. Tasa por la prestación de servicios sociales asistenciales.
- Ordenanza municipal n.º 24. Tasa por cierre al tráfico de las vías públicas de este municipio con las limitaciones que pudieran establecerse.
- Ordenanza municipal n.º 25. Tasa por rodaje y arrastre de vehículos no gravados por el I.V.T.M.
- Ordenanza n.º 27. Tasa por prestación del servicio de publicidad en edificios, instalaciones o publicaciones municipales.
- Ordenanza n.º 28. Tasa por tramitación de instrumentos urbanísticos de planeamiento y gestión.
- Ordenanza municipal n.º 30. Tasa por utilización de instalaciones municipales para la celebración de matrimonios civiles.
- Ordenanza municipal n.º 31. Tasa por uso de locales municipales.
- Ordenanza n.º 32. Publicidad exterior.
- Ordenanza n.º 37. Tasa ludoteca.
- Ordenanza n.º 38. Tasa de participación económica de los ususarios en la tasa por prestación del servicio ayuda a domicilio.
- Ordenanza n.º 39. Tasa por utilización del complejo deportivo Las Encinas.
- Ordenanza fiscal reguladora del precio público de la báscula de pesaje.
Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 de la norma citada podrán examinar los expedientes y presentar contra el acuerdo adoptado las reclamaciones que estimen oportunas ante el Ayuntamiento Pleno en el plazo de treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial de la Provincia.”.
En Mondéjar, a 24 de octubre de 2024. El Alcalde, José Luis Vega Pérez.