AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DEL CAMPO
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En cumplimiento de lo previsto en la Base undécima, de las Bases reguladoras del procedimiento selectivo para la provisión definitiva de cinco plazas de Policía Local, escala básica, categoría de policía, del Ayuntamiento de Cabanillas del Campo, se procede a publicar la resolución de Alcaldía 1284/2024, de 01 de octubre de 2024, por el que se procede al nombramiento de cuatro funcionarios de carrera de las plazas de Policía Local del Ayuntamiento de Cabanillas del Campo que han superado el procedimiento.
La publicación referencia da cumplimiento a lo previsto en el artículo 95 del Decreto 110/2006, de 17 octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.
En Cabanillas del Campo, 11 de octubre de 2024. Firmado: El Alcalde, José García Salinas
Decreto de Alcaldía, por el que se procede al nombramiento de cuatro funcionarios de carrera en plazas de policía local del Ayuntamiento de Cabanillas del Campo.
I.- Con fecha 30 de marzo de 2023 se aprueba el Decreto de Alcaldía 418/2023, por el que se aprueban bases reguladoras del procedimiento de selección para provisión definitiva de cinco plazas de policía local del Ayuntamiento de Cabanillas del Campo (BOP nº76, de 20 de abril de 2023); cuya convocatoria fue publicada en el Boletín Oficial del Estado nº127, de 29 de mayo de 2023.
II.- Finalizado el procedimiento de selección, es aprobado el Decreto de la Alcaldía 72/2024, de 18 de enero, por el que se aprueba la calificación definitiva y relación de aspirantes aprobados en el proceso de selección para provisión definitiva de 5 plazas de policía local del Ayuntamiento de Cabanillas del Campo. De dicha resolución resulta el siguiente listado de aspirantes aprobados:
III.- De conformidad con lo previsto en el artículo 70 del decreto CLM 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, “para adquirir la condición de funcionario de carrera de los Cuerpos de Policía Local será preciso superar un curso selectivo en la Escuela de Protección Ciudadana, salvo que el aspirante ya hubiese superado con anterioridad el curso correspondiente a la categoría a la que aspira y obtenga la correspondiente convalidación”.
IV.- De los datos obrantes en el expediente electrónico se acredita la realización previa del curso selectivo a estos efectos del aspirante David Ranz Ruipérez, que fue nombrado funcionario de carrera, y efectuada su toma de posesión efectiva con fecha 22 de enero de 2024.
V.- El resto de los aspirantes fueron emplazados a la realización del curso selectivo. Al efecto, con fecha 18 de enero de 2024, dichos aspirantes aprobados tomaron posesión como funcionarios en prácticas del Ayuntamiento de Cabanillas del Campo.
VI.- Con fecha 1 de octubre de 2024 se comunica por la Escuela regional de protección ciudadana, la superación del XXXVI curso selectivo de formación inicial para la categoría de policía local, desarrollado en la Escuela de Protección Ciudadana del 24 de Enero al 30 de Septiembre de 2024 con una duración de 1700 horas lectivas.
VII.- Establece el artículo 20 de la Ley CLM 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, que “el aspirante adquirirá la condición de miembro del Cuerpo de la Policía Local una vez superado el curso selectivo realizado al efecto en la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha y subsiguiente nombramiento y toma de posesión”.
VIII.- El expediente y la presente resolución han sido sometidos a la fiscalización previa del gasto correspondiente, siendo informados de conformidad.
IX.- A la vista de lo dispuesto en los artículos 20 de la Ley CLM 8/2002; 7.1 c) y 70 del Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla La Mancha, y lo establecido en las bases; y atendiendo a las atribuciones otorgadas en el artículo 21.1, letra g), de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, RESUELVO:
PRIMERO.- Aprobar el nombramiento como funcionarios de carrera, en plazas vacantes de la Escala de Administración especial, subescala de servicios especiales, subgrupo C1, categoría básica, clase policía, del Ayuntamiento de Cabanillas del Campo, a los siguientes funcionarios en prácticas:
SEGUNDO.- Emplazar a los funcionarios nombrados para proceder a la toma de posesión en plazo no superior a diez días desde el día siguiente a la recepción de la presente resolución notificada.
TERCERO.- Notificar a la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha la presente resolución a los efectos de su toma de conocimiento.
CUARTO.- Publicar la presente resolución en la sede electrónica municipal.
QUINTO.- Este acto administrativo tiene carácter resolutorio y pone fin a la vía administrativa, pudiendo recurrirse de las siguientes formas:
- Interposición directa de recurso contencioso-administrativo: en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación o al de la publicación del acto, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en Guadalajara, de conformidad con los artículos 8.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA). No obstante, conforme al artículo 14.1. Segunda de esta Ley, cuando el recurso tenga por objeto actos en materia de responsabilidad patrimonial, personal, propiedades especiales y sanciones será competente, a elección del demandante, el juzgado o el tribunal en cuya circunscripción tenga aquél su domicilio o el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en Guadalajara, si bien la elección está limitada a la circunscripción del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
- Recurso potestativo de reposición alternativamente al recurso contencioso-administrativo: ante el señor Alcalde, en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o la publicación del acto, de conformidad con el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición en el caso de haberse interpuesto por haber transcurrido el plazo de un mes que es el máximo para dictarlo y notificarlo (artículos 24.1 y 123.2 LJCA).
- Asimismo, se podrá ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.»
Así se dispone y firma en Cabanillas del Campo por el señor Alcalde, de todo lo cual, como Secretario General, doy fe.
Documento firmado electrónicamente por:
- El Alcalde, José García Salinas
- El Secretario General, Miguel Díez Andrés
Autenticidad verificable mediante CSV según se indica al margen y en https://valide.redsara.es/valide/