AYUNTAMIENTO DE CIFUENTES
2893
Expte.207/2024
Procedimiento.- Modificación Ordenanza reguladora del precio público por prestación del servicio de la Escuela Infantil de Cifuentes.
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 10 de septiembre de 2024 acordó la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza reguladora de la reguladora del precio público por prestación del servicio de la Escuela Infantil de Cifuentes del artículo 6 para incluir un nuevo último párrafo, en los términos siguientes:
“Mientras que el Ayuntamiento de Cifuentes sea beneficiario de alguna de las convocatorias que se realicen de conformidad con lo previsto en el Decreto 34/2024, de 2 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras de la concesión directa de subvenciones a las entidades locales de la comunidad de Castilla-La Mancha con una población igual o inferior a 2.000 habitantes, titulares de escuelas infantiles que impartan el primer ciclo de la educación infantil, a alumnado de 2-3 años, o de la disposición que, en su caso, sustituya a dicho Decreto y, por tanto, deba prestar gratuitamente el servicio al alumnado de 2-3 años, esto es, el que cumple los dos años en el año natural en el que se inicia el último curso del primer ciclo de la educación infantil, dicho alumnado tendrá una reducción del 100% de la cuota tributaria de este precio público.
Igualmente y, también, mientras el Ayuntamiento de Cifuentes sea beneficiario de alguna de las subvenciones del Decreto 34/2024 o de la disposición que lo pudiera sustituir se establece una reducción del 50% de la cuota tributaria de este precio público a favor del alumnado de 0-2 años”.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 56 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://cifuentes.sedelectronica.es].
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
Cifuentes a 12 de Septiembre de 2024. El Alcalde, Don Marco Antonio Campos Sanchis