AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
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BDNS: 783125
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Por resolución de alcaldía de 28 de agosto de 2024 se han aprobado la convocatoria y bases específicas de la citada convocatoria, con las siguientes especificaciones:
PRIMERO. OBJETO:
El objeto de la presente convocatoria es establecer las bases que han de regir en la concesión de las subvenciones con cargo a la aplicación presupuestaria 4312.489.01, subvenciones para la modernización, la innovación y la competitividad del comercio y la hostelería local de Azuqueca de Henares. ejercicio 2024, dotada con 30.000 €, para financiar proyectos que, dentro del marco de contribución a la modernización, la innovación y la competitividad del comercio de proximidad, promocionen y dinamicen el comercio y la hostelería de nuestra ciudad.
Esta subvención se encuentra recogida en el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2024 del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, dentro de la línea estratégica número 5 “Desarrollo Económico”, cuyo objetivo es favorecer el desarrollo sostenible, crecimiento económico y promoción de la ciudad, con el fin de aumentar la calidad de vida y el bienestar social del conjunto de la ciudadanía de Azuqueca.
SEGUNDO. BENEFICIARIOS:
Podrán solicitar y ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en las presentes Bases las asociaciones y/o federaciones de comerciantes locales, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y legalmente constituidas con anterioridad a la fecha de aprobación de la correspondiente convocatoria, que puedan desarrollar o llevar a cabo programas, proyectos, actividades o actuaciones en el ámbito propio del Comercio Local, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
- Estar domiciliadas en Azuqueca de Henares e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.
- La actividad a subvencionar habrá de tener como destinatarios finales los vecinos y establecimientos de Azuqueca de Henares y desarrollarse dentro del término municipal.
- Estar al corriente, en el caso de haber recibido con anterioridad subvenciones del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por tal concesión, así como en el reintegro de subvenciones, en su caso.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.
- Estar al corriente en el pago de obligaciones fiscales, o de otro tipo, con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
- No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
TERCERO. IMPORTE Y PARTIDA PRESUPUESTARIA:
Para la financiación de la presente convocatoria, existe un presupuesto máximo de treinta mil euros (30.000 €). Se adjudicará la subvención, dentro del crédito disponible, a aquel proyecto que haya obtenido mayor valoración en aplicación de los criterios descritos en el artículo 8 de la presente convocatoria, respetando lo estipulado en el artículo 7. No obstante, si la calidad de alguno o de todos los proyectos presentados no es adecuada o no se ajustase a las líneas de actuación descritas en la presente convocatoria, podrá quedar desierta una parte del crédito presupuestario o todo él.
El crédito para satisfacer el importe de dichas subvenciones está disponible en la aplicación presupuestaria 4312.489.01 de la concejalía de Empleo y Comercio, por importe de 30.000 €.
CUARTO. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
PLAZO DE PRESENTACIÓN
La presente convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), así como un extracto de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara. Asimismo, se publicará en la página web del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares www.azuqueca.es
El plazo para presentar las solicitudes, así como la documentación que deba acompañarla, es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
LUGAR DE PRESENTACIÓN
Las solicitudes, junto a la documentación que deba acompañarlas, se presentarán a través del Registro General del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares. Asimismo, podrán presentarse en los demás registros indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las bases completas incluyendo como anexo la correspondiente solicitud se encuentran a disposición de los solicitantes en el portal de transparencia de la página web del Ayuntamiento, a través del siguiente enlace:
https://azuqueca.sedelectronica.es/transparency/945b0302-56b5-4293-ac4e-adfe87292048/
En Azuqueca de Henares a 30 de agosto de 2024. Firmado el Alcalde, D. Miguel Óscar Aparicio de Lucas