AYUNTAMIENTO DE HORCHE
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Horche adoptado en la sesión ordinaria celebrada en la fecha de 25 de Junio de 2.024, sobre la modificación de la “Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por la prestación del servicio de la Escuela Infantil Municipal” cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:
PRIMERO.- Modificar el artículo 7º de la referida tasa, actualizando en el porcentaje del 18,00% la totalidad de las tarifas de la tasa incluidas en su artículo 7º, cuota tributaria, con la siguiente redacción:
“Artículo 7º. CUOTA TRIBUTARIA.
La cuota tributaria se determinará mediante la aplicación de las siguientes tarifas:
- Plaza de jornada completa (Estancia de 8 horas, incluido el servicio de comedor. Desayuno, comida y merienda):...................................298,39 euros/mes.
- Plaza de media jornada (Estancia de 4 horas, no incluido el servicio de comedor):....................................…………………………..........190,96 euros/mes.
- Estancia de más de 8 horas:..............................Plus de 53,83 euros por cada hora mensualmente solicitada, que exceda de las 8 horas de estancia en el Centro que conforman la jornada completa.
- Servicios de comedor aislados:
- Desayuno: 2,19 euros
- Comida: 5,38 euros
- Merienda: 2,19 euros
- Estancias extras: 5,38 euros/hora extra.
Esta cuota se aplicará a los niños que necesiten estar en el Centro de forma coyuntural más horas de la jornada prevista. - Cuota de inscripción: 52,25 euros.
Esta cuota se devengará de conformidad con lo establecido en el art. 6 de esta Ordenanza, naciendo la obligación de contribuir para las cuotas de devengo, una vez sea publicada la lista de admitidos por el Ayuntamiento y será abonada en un solo pago. - Estancia semanal en jornada completa (Estancia de 8 horas, incluido el servicio de comedor):..................................96,03 euros/semanales.
- Estancia semanal en media jornada (Estancia de 4 horas, no incluido el servicio de comedor):..................................61,45 euros/semanales.
La presente modificación de la Ordenanza Fiscal entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.”
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Albacete.
En Horche, a 19 de Agosto de 2024. El Alcalde-Presidente, Fdo.: D: Manuel Salvador Ruiz