AYUNTAMIENTO DE TRILLO
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Por resoluciones de la Alcaldía de fecha 22 de julio de 2024 se ha resuelto la aprobación de las matrículas, así como las listas cobratorias, padrones fiscales y períodos de cobranza correspondientes a los siguientes tributos municipales para el ejercicio 2024, así como la exposición al público del presente anuncio mediante su inserción en el tablón de edictos de este Ayuntamiento y anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara:
- Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Características Especiales (IBICES).
- Tasa por entrada o paso de vehículos y carruajes a través de las aceras en los edificios y solares (VADOS).
Se pone en conocimiento de las personas o entidades legítimamente interesadas que dichas matrículas estarán expuestas al público, así como las listas cobratorias, padrones fiscales y períodos de cobranza pudiendo consultar sus datos según se indica a continuación, durante el plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara:
- Contactando telefónicamente en el número de teléfono 949 81 50 30 (Departamento de Tesorería-Intervención).
- A través de la siguiente dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
- Presencialmente en las Oficinas del Departamento de Tesorería-Intervención del Ayuntamiento de Trillo, Plaza Mayor, 1.
La exposición pública produce los efectos de notificación colectiva de las liquidaciones tributarias referidas y la comunicación de sus períodos de pago, de acuerdo con el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio
El plazo de ingreso en período voluntario es el fijado mediante Decreto 2024-0053, de fecha 30 de enero de 2024:
Del 20 de septiembre al 21 de noviembre.
Contra el acto de aprobación del citado padrón y/o las liquidaciones contenidas en este podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del periodo de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14.2.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Contra los actos de inclusión, exclusión y alteración de datos que integran la matrícula del Impuesto sobre Actividades Económicas, que no ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes a contar desde el inmediato siguiente al del término del período de exposición pública de la matrícula, recurso de reposición potestativo ante el Delegado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de Guadalajara o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla-La Mancha, sin que puedan ser simultáneas ambas formas de impugnación y sin que su interposición origine la suspensión de los actos liquidatorios subsiguientes salvo que así lo acuerde el órgano ante el que se haya recurrido.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.
En Trillo, a 23 de julio de 2024. El Alcalde-Presidente, D. Jorge Peña García