AYUNTAMIENTO DE POZO DE GUADALAJARA
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SUMARIO
Acuerdo del Pleno de fecha 09/05/2024 de la Entidad de Pozo de Guadalajara por el que se aprueba definitivamente la Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación de servicios de piscina e Instalaciones Deportivas.
TEXTO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de 09/05/2024 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la prestación de servicios de piscina e Instalaciones Deportivas, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
«Artículo 5:
Piscina Municipal
La cantidad a liquidar y exigir en concepto de cuota tributaria será la siguiente:
Entrada día individuales “CON” Tarjeta Ciudadana de Pozo de Guadalajara:
- Entrada general día laborable, de lunes a jueves 2,50 €.
- Entrada general fin de semana (V. S. y D.) o día festivo 4,00 €.
Entrada día individuales “SIN” Tarjeta Ciudadana de Pozo de Guadalajara:
- Entrada general día laborable, de lunes a jueves 3,50 €.
- Entrada general fin de semana (V. S. y D.) o día festivo 5,00 €.
Abono temporada individuales “CON” Tarjeta Ciudadana de Pozo de Guadalajara:
- Bono General (18 años en adelante) 25,00 €
- Bono personas jubiladas y pensionistas 20,00 €
- Bono joven (6 a 17 años, ambos incluidos) 15,00 €
- Bono personas discapacitadas 20,00 €
- Bono familias numerosas* 20,00 €
- Bono otros colectivos** 20,00 €
Abono temporada individuales “SIN” Tarjeta Ciudadana de Pozo de Guadalajara:
- Bono General (18 años en adelante) 50,00 €
- Bono personas jubiladas y pensionistas 40,00 €
- Bono joven (6 a 17 años, ambos incluidos) 30,00 €
- Bono personas discapacitadas 40,00 €
- Bono familias numerosas* 40,00 €
- Bono otros colectivos** 40,00 €
* Siempre que todos los miembros de la familia adquieran el bono de familias numerosas, si no se hace se aplicará el precio de bono que le corresponda por su situación personal
** Viudos/as, familias monoparentales y personas en exclusión social.
Los bonos de temporada se expedirán:
Con tarjeta ciudadana de Pozo de Guadalajara
- Foto tipo carnet
- No hace falta presentar ninguna documentación más. Se expedirá el bono en consecuencia de la documentación aportada para la expedición de la Tarjeta Ciudadana de Pozo de Guadalajara.
Sin tarjeta ciudadana de Pozo de Guadalajara según los casos
- Foto tipo carnet
- DNI, tarjeta de residencia o pasaporte
- Libro de familia
- Justificante de la condición de pensionista (certificado anual, etc.)
- Tarjeta o certificado de minusvalía, o resolución de reconocimiento de la discapacidad
- Certificado de familia numerosa
- Informe de los servicios sociales.
- Certificado de empadronamiento del domicilio
- Cualquier otra documentación acreditativa según cada caso y según se determine por este Ayuntamiento para cada modelo de abono.
Se expedirá un carnet por bono
El resto del artículo 5, relativo al polideportivo, frontón y pistas polideportivas existentes, mantienen la misma redacción.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete.»
En Pozo de Guadalajara a 10 de julio de 2024. El Alcalde-Presidente. Fdo: Teodoro Baldominos Carnerero