Suscripción a Nuestra Newsletter

Encuentra Cualquier Contenido

Búsquedas Simples

Búsquedas Múltiples (Se puede marcar más de una opción en la casilla de la derecha).

Tipo de anuncio
Municipios

Buscar

Anuncio
Concurso
Corrección de errores
Cédula de Notificación
Edicto
Empleo
General
Multa
Ablanque
Abánades
Adobes
Alaminos
Alarilla
Albacete
Albalate de Zorita
Albares
Albendiego
Alcocer
Alcolea de las Peñas
Alcolea del Pinar
Alcoroches
Aldeanueva de Atienza
Aldeanueva de Guadalajara
Algar de Mesa
Algora
Alhóndiga
Alique
Almadrones
Almoguera
Almonacid de Zorita
Alocén
Alovera
Alustante
Anguita
Angón
Anquela del Ducado
Anquela del Pedregal
Aranzueque
Arbancón
Arbeteta
Argecilla
Armallones
Armuña de Tajuña
Arroyo de las Fraguas
Atanzón
Atienza
Auñón
Azuqueca de Henares
Baides
Barriopedro
Baños de Tajo
Bañuelos
Berninches
Bodera (La)
Brihuega
Budia
Bujalaro
Burgos
Bustares
Cabanillas del Campo
Campillo de Dueñas
Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
Yunquera de Henares
Yunta (La)
Yélamos de Abajo
Yélamos de Arriba
Zaorejas
Zaragoza
Zarzuela de Jadraque
Zorita de los Canes

Podrá filtrar la búsqueda por el tipo de anuncio que aparece en la lista desplegable.

Otra forma de filtrar la búsqueda es seleccionando el municipio.

Seleccione desde qué fecha quiere comenzar la búsqueda. Por defecto será desde el día uno del mes anterior a la fecha actual. La fecha puede modificarse en el calendario para personalizar la búsqueda.

Fecha actual la cual podrá ser modificada en el calendario que aparece al clikar.

Búsqueda por el día exacto de publicación del anuncio si lo conoce.

Viernes, 05 Julio 2024 08:07

APROBACIÓN DEFINITIVA ORDENANZA MUNICIPAL.

2264

Descargar pdf Anuncio

AYUNTAMIENTO DE YEBES


2264

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario por el servicio de campamento infantil de verano, cuyo texto íntegro se hace público, para general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACION PATRIMONIAL DE CARÁCTER PÚBLICO NO TRIBUTARIO POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CAMPAMENTO INFANTIL DE VERANO.

Artículo 1°. Fundamento y naturaleza.

En uso de las facultades concedidas por los arts. 133.2 y 142 de la Constitución, este Ayuntamiento establece la prestación patrimonial de carácter público no tributario por la prestación del servicio de campamento infantil de verano, que se regirá por la presente ordenanza reguladora.

Artículo 2º. Régimen jurídico.

Las prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario se regulan en:

- El art. 20.6 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en la redacción aprobada por la Disposición Final Duodécima de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP).

- La disposición adicional cuadragésimo tercera de la LCSP, y por la Disposición Adicional Primera de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT) en la redacción aprobada para la misma por la Disposición Final Undécima de la ya citada Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.

Artículo 3°. Presupuesto de hecho de la prestación patrimonial.

Constituye el presupuesto de hecho de esta prestación patrimonial la prestación del servicio de campamento infantil de verano en los términos establecidos en el correspondiente contrato de concesión de servicios.

Artículo 4°. Obligados al pago.

1. Son obligados al pago las personas físicas que se beneficien de los servicios prestados que constituyen el presupuesto de hecho de la prestación.

2. Tratándose de menores de edad, vendrán obligados al pago, los padres/madres, tutores/as y representantes legales o de hecho de los/as menores atendidos en el servicio.

3. La admisión, asistencia y permanencia en el campamento infantil de verano implica la aceptación de lo establecido en la presente ordenanza.

Artículo 5°. Tarifas (*).

Servicio

Precio por semana

De 7:30 a 9:00. Aula matinal. Incluye desayuno

18,53.- €

De 9:00 a 14:00. Campamento.

41,47.- €

De 14:00 a 16:00. Aula de tarde. Incluye servicio de comedor

30,00.- €

(*) Las tarifas indicadas son las resultantes de la licitación de la concesión del servicio, por lo que ya incorporan la bonificación prevista en el art. 6.2 siguiente.

Los horarios previstos podrán ser ampliados como consecuencia de las mejoras introducidas por el adjudicatario del contrato de concesión de servicios en su proposición, sin que ello conlleve en ningún caso incremento de las tarifas.

Artículo 6°. Exenciones y bonificaciones.

1. No se prevén exenciones.

2. Las tarifas previstas en el art. 5 se bonificarán en la cuantía que resulte de la baja ofertada por el adjudicatario del contrato de concesión del servicio de campamento infantil de verano.

Artículo 7º. Periodo impositivo y devengo.

1. El periodo impositivo se iniciará a la apertura del plazo de inscripción en el campamento infantil de verano que efectuará el concesionario del servicio en el mes de mayo o junio de cada año.

2. Se devengará la prestación y nace la obligación de satisfacer la tarifa en el momento en que se solicite la inscripción en el servicio, que se formalizará en el impreso que facilitará a tal efecto el concesionario.

3. El pago de las tarifas se hará efectivo en la cuenta bancaria o por el procedimiento que indique el concesionario del servicio en la convocatoria del plazo de inscripción.

Artículo 8º. Normas de gestión.

1. Tendrán preferencia para ocupar las plazas ofertadas los menores empadronados en el Municipio. Si existieran más solicitudes que plazas ofertadas, la adjudicación se realizará por sorteo público y se formará una lista de espera para posibles bajas.

2. Las inscripciones podrán efectuarse indistintamente para 1 o varias semanas y para uno o varios de los servicios ofertados, resultando en todo caso obligatoria la inscripción en el servicio de campamento.

3. Devoluciones.

Una vez formalizada la inscripción y hecha efectiva la tarifa, ésta solo será objeto de devolución en los siguientes supuestos:

a) Cuando no se celebre la actividad por causa no imputable al usuario.

b) Por enfermedad o accidente del menor que le impida acudir a la actividad, circunstancia que habrá de acreditarse con un informe médico del servicio público de salud.

c) Por renuncia fehaciente a la inscripción con al menos 10 días de antelación a la fecha de inicio del periodo de que se trate, siempre que la vacante se cubra con otro usuario en lista de espera.

d) Por renuncia fehaciente a la inscripción con al menos 20 días de antelación a la fecha de inicio del periodo de que se trate, cuando la vacante no puede cubrirse con otro usuario en lista de espera. En este caso se devolverá únicamente el 50 por 100 de la tarifa abonada.

4. Las faltas de asistencia de los menores no conllevará descuento alguno en las tarifas a satisfacer.

5. Las actividades quedan sujetas a modificaciones de última hora por exigencias meteorológicas o de la organización por causa justificada.

Artículo 9º. Infracciones y sanciones.

En todo lo relativo a la calificación de infracciones, así como las sanciones que a las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Artículo 10°. Vía de apremio.

Las deudas impagadas se exigirán mediante el procedimiento administrativo de apremio.

Disposición Adicional.

En lo no dispuesto expresamente por la presente ordenanza reguladora, serán de aplicación supletoria a la prestación patrimonial regulada en la misma, las determinaciones sobre implantación, gestión, inspección, recaudación y revisión en vía administrativa establecidas para las tasas por el Texto Refundido de la Lay reguladora de las Haciendas Locales y por la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Disposición Final Primera.

La presente ordenanza reguladora, una vez aprobada por el pleno del Ayuntamiento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta que expresamente se acuerde su modificación o derogación.

Contra el acuerdo adoptado, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Yebes, a 3 de julio de 2024.- EL ALCALDE. Enrique Quintana Arranz

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Yebes
Visto 48 veces

© Diputación Provincial de Guadalajara

Plaza de Moreno, 10 - 19001 Guadalajara - Tel.: 949 88 75 00