AYUNTAMIENTO DE HENCHE
2028
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación presupuestaria 2024.1, financiado con cargo al remanente de tesorería y nuevos ingresos, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Suplemento en aplicaciones de gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Suplemento de crédito |
Créditos |
|
Progr. |
Económica |
|
|
|
|
432 |
622 |
Promoción turística. Edificios |
100.000,00 |
336.044,00 |
446.044,00 |
160 |
632 |
Alcantarillado. Instalaciones técnicas |
1,00 |
120.000,00 |
120.001,00 |
231 |
619 |
Asistencia social.Inv. Reposición |
18.000,00 |
9.000,00 |
27.000,00 |
|
|
TOTAL |
|
465.044,00 |
|
Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior y nuevos ingresos, en los siguientes términos:
Remanente de tesorería. Aplicación 870: | 458.044,00 € |
De Diputaciones: Aplicación 761: | 7.000,00 € |
TOTAL | 465.044,00 € |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Henche, a 17 de junio de 2023. El Alcalde: Ángel Cuesta Domínguez