AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA. SERVICIO DE RECURSOS HUMANOS
1938
Exp. 4649/2024
Mediante decreto de 18 de marzo de 2024 se aprobaron las bases y convocatoria del proceso selectivo, por oposición libre, para la provisión de once plazas de auxiliar administrativo, 8 de ellas aprobadas en la oferta de empleo público del ejercicio 2022 (BOP de Guadalajara n.º 79, de 26 de abril de 2022), y 3 más en la oferta de empleo público del ejercicio 2023 (BOP de Guadalajara nº. 73, de 17 de abril de 2023).
Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 28 de mayo de 2024 se aprueba la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Guadalajara correspondiente al año 2024, publicada en el BOP nº 108, de jueves 6 de junio de 2024.
Considerando que en esta Oferta de Empleo se han incluido 9 plazas de auxiliar administrativo por turno libre, y tal y como se recoge en la base 1.1 del proceso selectivo "se convocan pruebas selectivas para cubrir por turno libre y mediante oposición once plazas de auxiliar administrativo, encuadradas en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, Categoría Auxiliar, vacantes en la plantilla de personal funcionario de este Excmo. Ayuntamiento, 8 de ellas aprobadas en la oferta de empleo público del ejercicio 2022 (BOP de Guadalajara n.º 79, de 26 de abril de 2022), y 3 más en la oferta de empleo público del ejercicio 2023 (BOP de Guadalajara nº. 73, de 17 de abril de 2023), mas las vacantes que se aprueben en Oferta de Empleo Público antes de la finalización del proceso selectivo.".
Considerando que el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público señala que entre los principios generales que deberán respetar todas las Administraciones Publicas en su actuación, figuran los principios de racionalización, de agilidad en los procedimientos administrativos, eficacia, economía y eficiencia en la gestión pública.
Considerando lo establecido en el artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, que regula la acumulación de los procedimientos administrativos: "El órgano administrativo que inicie o tramite un procedimiento, cualquiera que haya sido la forma de su iniciación, podrá disponer, de oficio o a instancia de parte, su acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o íntima conexión, siempre que sea el mismo órgano quien deba tramitar y resolver el procedimiento. Contra el acuerdo de acumulación no procederá recurso alguno."
En uso de las atribuciones que me confiere la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de delegación de competencias en la Concejala Delegada de RRHH de 10 de octubre de 2023, por la presente,
HE RESUELTO:
PRIMERO.- Sobre la base de los motivos expuestos, acumular las 9 plazas de auxiliar administrativo por turno libre, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2024, publicada en el BOP nº 108, de jueves 6 de junio de 2024, al proceso selectivo para la provisión en propiedad de once plazas de auxiliar administrativo; por el sistema de oposición y turno libre, que se encuentra en proceso de resolución.
SEGUNDO.- La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia.
Guadalajara, 7 de junio de 2024. La Concejala Delegada de Recursos Humanos, Dª. Isabel Nogueroles Viñes.