DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL Y EMPLEO
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De conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a publicar el Acuerdo de resolución provisional de la referida convocatoria, según acuerdo en sesión ordinaria de 21 de mayo de 2024 de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Guadalajara:
“22.- EXPEDIENTE 6215/2023. RESOLUCIÓN PROCEDIMIENTO CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO, 2024-
El Sr. Presidente da cuenta de que visto el Acta del órgano Colegiado del presente procedimiento de concesión de subvenciones, de fecha 17 de mayo de 2024, tal y como consta en el Acta de la reunión correspondiente; dada cuenta al Consejo Provincial de Cooperación al Desarrollo del informe de evaluación emitido por el servicio; y según se establece en la Norma decimosexta de la Convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ordenanza General de subvenciones de la Diputación Provincial de Guadalajara, publicada en el BOP de Guadalajara, nº 172, de 7 de septiembre de 2021-
La Junta de Gobierno por seis votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, acuerda:
Primero. Modalidad A) Proyectos de Cooperación al Desarrollo, gasto en inversiones
Primero.1.- Conceder las subvenciones por la cuantía solicitada a los tres proyectos presentados, dado que, cumpliendo los requisitos establecidos en la convocatoria, existe dotación presupuestaria suficiente para atenderlos a todos:
Nº Expte. |
Entidad solicitante |
NIF |
Proyecto |
Contraparte |
Puntos |
Coste total Proyecto |
Solicitud Capítulo IV |
Solicitud Capítulo VII |
Propuesta subvención |
215/ 2024 |
ARCORES ESPAÑA |
***4227** |
Promoviendo viviendas saludables mediante la implementación de tecnologías sustentables en 4 comunidades de Chota y Lajas, Perú |
ARCO-RES Perú |
56,5 |
103.337,37 € |
2.440,15 € |
48.757,07 € |
51.197,22 € |
7263/ 2023 |
FUNDA-CIÓN UNICEF COMITÉ ESPAÑOL |
***4510** |
Restaurar el derecho a la educación infantil de la infancia más vulnerable y generar un cambio social que acabe con la exclusión escolar infantil, en Mali. |
UNICEF Mali |
47,5 |
250.000,00 € |
1.261,28€ |
14.700,00 € |
15.961,28 € |
268/ 2024 |
ASAMBLEA DE COOPERA-CIÓN POR LA PAZ |
***1768** |
Mejorar los mecanismos de respuesta ante desastres y riesgos |
Ciudad Alternativa |
47,5 |
35.263,38 € |
5.000,00 € |
23.137,38 € |
28.137,38 € |
Segundo. Modalidad B) Proyectos de Cooperación al Desarrollo, gasto corriente.
Segundo.1.- Conceder las subvenciones por la cuantía solicitada a los proyectos que, cumpliendo los requisitos establecidos en la convocatoria, han superado la puntuación mínima exigida en la fase de valoración:
Nº Expte |
Entidad solicitante |
NIF |
Proyecto |
Contraparte |
Pun-tos |
Coste total Proyecto |
Solicitud Capítulo IV |
Propuesta de subvención |
265/ 2024 |
MANOS UNIDAS |
***5677** |
Fortalecimiento de gobernanza territorial y ambiental con equidad de género para alcalzar el Tajimat Pujut, del pueblo indigena Awajún Amazonia Peruana. |
Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica CAAAP |
55,5 |
205.696,94 € |
29.934,15 € |
29.934,15 € |
264/ 2024 |
ASOCIA-CIÓN INVESTIGA-CIÓN Y ESPECIALI-ZACIÓN SOBRE TEMAS IBEROAME-RICANOS |
***8319** |
Prevención violencia de género y embarazo adolescente en el marco Educación Sexual Integral en docentes y estudiantes de nivel secundaria de San Juan Lurigancho, Lima, Perú. |
Instituto de fomento de una educación de calidad -EDUCA |
46,5 |
37.600,00 € |
30.000,00 € |
30.000,00 € |
207/ 2024 |
FUNDA-CIÓN PARA LA COOPERA-CIÓN INTERNA-CIONAL DR MANUEL MADRAZO |
***8914** |
Fortalecimiento de capacidades para mejorar la seguridad alimentaria mediante la promoción de la crianza de ganado ovino en comunidades de la microcuenca Cuchira, Torotoro, Bolivia. |
Centro de Desarrollo Comunal y Municipal (CEDESCO) |
46 |
40.989,26 € |
29.958,77 € |
29.958,77 € |
Segundo.2.- No es posible conceder ayuda a Caritas Diocesana de Sigüenza-Guadalajara para el Proyecto “Apoyo a la mejora del acceso al derecho a la alimentación, y las condiciones de vida de los habitantes de Bocbanique, Saltadêre y Los Cacaos (Diócesis de Hinche), Haití.”, con expediente nº 266/2024, al no superar éste la puntuación mínima exigida en la fase de evaluación (45 puntos) de conformidad con lo establecido en la base decimoquinta del procedimiento de concesión de subvenciones.
Segundo.3.- Desestimar la solicitud presentada por la Fundación Solidaridad del Henares, Proyecto Hombre, con expediente nº 267/2024, dado que el proyecto responde en su materialización a la financiación de los gastos anuales relativos al funcionamiento de su centro en Nicaragua, el cual, es uno de los supuestos de exclusión de las ayudas, recogidos en la base tercera de la convocatoria.
Segundo.4.-. Incumple el requisito establecido en la base octava, apartado C) Gastos Indirectos de la Convocatoria, la solicitud presentada por la entidad Solidaridad, Educación y Desarrollo, con expediente nº 269/2024 , al constatarse en su presupuesto, que se imputa a la subvención en concepto de gastos indirectos una cuantía superior a 2.321,92 €, cantidad correspondiente al 8,00% de la subvención solicitada, contraviniendo, por tanto, lo establecido tanto en la referida base como en el Anexo VIII, apartado c).
Tercero. -A los efectos de cumplir con lo establecido en el artículo 20, apartado 4 de la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación y con el principio general de eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, modificar la base decimoséptima, apartado b) del procedimiento de referencia (Convocatoria anticipada de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo) aprobada por esta Junta de gobierno en sesión ordinaria celebrada el cinco de diciembre de 2023 y publicada en el B.O.P, nº 235 de 13 de diciembre de 2023, para que quede redactado tal como se indica a continuación:
“b) Las resoluciones tanto provisional como definitiva del procedimiento, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara”.
Cuarto. – De conformidad con lo anterior, dar traslado del acuerdo provisional a los beneficiarios mediante su publicación en el B.O.P. de Guadalajara, concediéndole un plazo de 10 días hábiles para que puedan presentar las alegaciones o documentos que consideren convenientes. Transcurrido el mismo, si no ha existido respuesta a lo aprobado, o las alegaciones presentadas no se consideran suficientes, se procederá a dictar resolución definitiva.”
Lo que se publica a los efectos oportunos y significándole que contra el presente acuerdo no cabe la interposición de ningún recurso al tratarse de un acto de trámite y no encontrarse entre los supuestos previstos en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Todo ello sin perjuicio de que la oposición al mismo pueda alegarse por el interesado, para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.
En Guadalajara, a 22 de mayo de 2024, El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, D. José Luis Vega Pérez