DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL Y EMPLEO
3056
BDNS (Identif.): 650383
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index). Asimismo, el texto completo también podrá consultarse, así como descargar formularios y anexos en el enlace: http://www.dguadalajara.es/web/guest/subvenciones-servicios-sociales
Primero. Beneficiarios:
Podrán acogerse a las subvenciones de esta Convocatoria las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo, así como Asociaciones, Entidades y Organizaciones con personalidad jurídica y sin ánimo de lucro que reúnan los siguientes requisitos:
- Estar legalmente constituidas, como mínimo dos años antes de la publicación de la presente Convocatoria, e inscritas formalmente en el Registro que por su naturaleza corresponda.
- Reflejar en sus estatutos que entre sus fines se encuentra la realización de actividades y proyectos de cooperación y el fomento de la solidaridad entre los pueblos.
- Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos, acreditando la experiencia en materia de cooperación y capacidad operativa necesaria para ello.
- Contar con representación o delegación permanente en la provincia de Guadalajara, aplicada expresamente a tareas en el ámbito de la cooperación al desarrollo, con antigüedad de al menos un año antes de la convocatoria. A estos efectos no será suficiente disponer de una representación formal, por lo que deberá acreditarse la implantación real de la ONG en Guadalajara, identificando la sede social y aportando organigrama, estructura, forma de organización y actividades. Así mismo, deberá indicarse el nº de asociados en Guadalajara.
- Estar al corriente de obligaciones fiscales y económicas con la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara, con la Agencia Tributaria y con la Seg Social.
- No estar incurso en ninguna de las circunstancias contempladas en el Art. 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Segundo. Objeto:
Será un proyecto subvencionable el conjunto de acciones diseñadas para lograr un objetivo específico de desarrollo, pudiendo alcanzar la actuación a las áreas o sectores priorizados en la convocatoria, debiendo cumplir además los siguientes requisitos:
- Las acciones propuestas deberán resolver situaciones de carácter permanente y estable, estando expresamente excluidas las situaciones transitorias derivadas de catástrofes o similares.
- Los proyectos deben tener como objetivo la promoción y el desarrollo de personas y comunidades en los países en vías de desarrollo.
- Los proyectos deben ser promovidos y gestionados a instancias de contrapartes (socios locales), grupos o asociaciones -nunca particulares ni organismos públicos- que ofrezcan garantías suficientes de que los fines perseguidos puedan alcanzarse.
Tercero. Bases reguladoras:
Las bases reguladoras del presente procedimiento de concesión de subvenciones se establecen en la Ordenanza General de subvenciones aprobada por el Pleno de la Diputación en sesión de fecha 16 de julio de 2021 y publicada de forma íntegra en el BOP nº 172 de fecha 7 de septiembre de 2021.
Además, esta convocatoria está recogida en el Plan estratégico de subvenciones, período 2020-2022, aprobado por el Pleno de la corporación en sesión ordinaria el 27 de febrero de 2020 y, actualizado para 2022, por acuerdo de la Junta de Gobierno del 25 de enero de 2022.
Cuarto. Cuantía:
El crédito total de la convocatoria es de 130.000,00 € conforme al siguiente desglose:
Aplicación presupuestaria |
231.780 00 |
231.480 09 |
Descripción |
Crédito máximo (gasto inversiones) |
Crédito máximo (gasto corriente) |
A. Proyectos de Cooperación al Desarrollo (gasto inversiones) |
65.000,00 € |
5.000,00 € |
B. Proyectos de Cooperación al Desarrollo (gasto corriente) |
|
60.000,00 € |
Total |
65.000,00 € |
65.000,00 € |
|
TOTAL 130.000,00 € |
La ayuda solicitada a la Diputación Provincial de Guadalajara no podrá ser superior al 80% del total presupuestado, debiendo la ONGD aportar como financiación al proyecto (mediante aportaciones en efectivo o valorizadas de la entidad solicitante, de la contraparte local, de entidades privadas o de Administraciones Públicas), el porcentaje restante. Asimismo, la cantidad máxima a solicitar por proyecto a la Diputación Provincial de Guadalajara deberá ser:
Aplicación presupuestaria |
231.780 00 |
231.480 09 |
Descripción |
Importe máximo a solicitar (gasto inversiones) |
Importe máximo a solicitar (gasto corriente) |
A. Proyecto de Cooperación al Desarrollo (gasto inversiones) |
32.500,00 € |
2.500,00 € |
B. Proyecto de Cooperación al Desarrollo (gasto corriente) |
--- |
20.000,00 € |
Solo podrá presentarse una solicitud/proyecto por organización o entidad solicitante.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
30 días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación de este extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Sexto. Otros datos:
Las solicitudes se tramitarán a través de la Sede electrónica https://dguadalajara.sedelectronica.es, así como a través de cualquier otro medio electrónico habilitado o, en su caso, por cualquiera de los medios a los que se refiere el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se cumplimentará el formulario de solicitud, acompañado de los anexos correspondientes, y se presentará por vía telemática, una vez completado y firmado electrónicamente por la persona que ostente la representación legal de la entidad o agrupación, para lo cual será necesario disponer del certificado electrónico de representante de persona jurídica y ejecutar la opción de enviar.
Los modelos de los distintos Anexos en formato digital para su descarga podrán localizarse en el siguiente enlace: http://www.dguadalajara.es/web/guest/subvenciones-servicios-sociales.
En Guadalajara, a 26 de septiembre de 2022. El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, D. José Luis Vega Pérez