AYUNTAMIENTO DE ALOVERA
1386
El Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión Ordinaria celebrada el día veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro, aprobó el expediente número 432/2024, cuyo objeto es la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento consistente en la actualización del nivel de complemento de destino asignado al puesto de Arquitecto.
De conformidad con lo establecido en el artículo 74 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el artículo 15.3 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el artículo 23.4 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, y en el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se procede a la publicación íntegra de la mencionada modificación.
El tenor literal del Acuerdo adoptado es el siguiente:
<<Vista la Providencia de Alcaldía, de fecha 14 de marzo de 2024, por la que se incoa procedimiento administrativo para llevar a cabo la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Alovera consistente en la actualización del nivel de complemento de destino asignado al puesto de Arquitecto y se solicita a Secretaría la emisión de informe sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir.
Visto el Informe de Secretaría número 2024-0060, de fecha 14 de marzo de 2024, sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir para la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento.
Visto el Proyecto de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Alovera consistente en la actualización del nivel de complemento de destino asignado al puesto de Arquitecto, suscrito por la Sra. Alcaldesa-Presidenta el día 14 de marzo de 2024.
Vista el Acta de la Sesión Extraordinaria de la Mesa General de Negociación del Ayuntamiento de Alovera celebrada el día 14 de marzo de 2024, en la que consta que por unanimidad de los asistentes se aprueba el Proyecto de modificación de la RPT consistente en la actualización del nivel de complemento de destino asignado al puesto de Arquitecto.
Visto el Informe del Técnico de Gestión de Recursos Humanos del Ayuntamiento (n.º 2024-0161), de fecha 15 de marzo de 2024, en el que informa favorablemente el Proyecto de modificación de la RPT objeto del procedimiento por revestir la justificación pertinente para llevarla a cabo y recoger los antecedentes normativos que dan lugar a la modificación, así como la variación de la ficha del puesto de trabajo tanto en lo que se refiere al nivel de complemento de destino como en lo relativo a otros aspectos objeto de actualización.
Visto el Informe de Secretaría número 2024-0061, de fecha 15 de marzo de 2024, emitido en cumplimiento del artículo 3.3.d).6º del Real Decreto 128/2018, de 26 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y por el que se informa favorablemente la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Alovera consistente en la actualización del nivel de complemento de destino del puesto de Arquitecto, conteniéndose en el mismo propuesta de resolución.
Visto el Informe de Intervención número 2024-0086, de fecha 15 de marzo de 2024, emitido en ejercicio de la función de control financiero y con resultado favorable a la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo objeto del expediente.
Vista la Disposición Transitoria sexta del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, en la que se establecen nuevos intervalos de los niveles correspondientes a cada grupo o subgrupo de clasificación profesional del personal funcionario.
Quedado justificada la aplicación de esta norma al complemento de destino de los funcionarios al servicio de la Administración Local por disposición del artículo 153.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y de los artículos 1 y 3.1 del Real Decreto 861/1986, de 25 de abril, por el que se establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de Administración Local.
Vistos el artículo 90.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el artículo 74 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 23 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.
Habiéndose cumplido todos los trámites exigidos por la legislación vigente, en ejercicio de la potestad de autoorganización que este Ayuntamiento confiere el artículo 4.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con las competencias que ese órgano atribuyen el artículo 22.2.i) de esa misma norma el artículo y 50.5 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Aprobar la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Alovera consistente en la actualización del nivel de complemento de destino asignado al puesto de Arquitecto, en los términos en que figura en el Proyecto incorporado al expediente administrativo, con Código Seguro de Verificación D7GW3LDW7YFR2FTN24A32HTPR.
Como consecuencia de ello, la ficha descriptiva del puesto de trabajo de Arquitecto quedaría modificada en los siguientes términos:
DATOS IDENTIFICATIVOS DEL PUESTO |
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Denominación |
ARQUITECTO |
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Área |
N.º Plazas |
Dotación |
Escala Subescala |
Grupo Subgrupo |
Nivel |
URBANISMO |
1 |
FUNCIONARIO |
ADMINISTRACIÓN ESPECIAL
TÉCNICA |
A1 |
24 |
Provisión |
Titulación Requerida |
Otros Requisitos |
Incompatibilidad |
Dedicación |
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CONCURSO |
Licenciatura en Arquitectura o título de Master habilitante para el ejercicio de la profesión de Arquitecto establecido de acuerdo con la Orden EDU/2075/2010, de 29 de julio, o norma que la sustituya. |
OFIMÁTICA URBANISMO |
LEY 53/84 |
DISPONIBILIDAD ESPORÁDICA |
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Jornada |
Horario |
Dependencia Jerárquica |
Subordinados |
Observaciones |
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CONTINUA |
El previsto en el Acuerdo Económico y Social vigente en el Ayuntamiento o, en su caso, el fijado para los funcionarios de la Administración Civil del Estado (artículo 94 de la Ley 7/1985). |
ALCALDÍA O CONCEJALÍA COMPETENTE |
3 |
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Misión del Puesto |
Dirección del Área de Urbanismo. |
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Tareas más significativas |
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SEGUNDO.- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35.1.i) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la motivación del Acuerdo es la siguiente:
- Se modifica el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo de Arquitecto para adaptarlo al nuevo mínimo legalmente establecido por la Disposición Transitoria sexta del RDL 6/2023, habida cuenta de que no hacerlo supondría el incumplimiento de la actual regulación.
- Finalmente, se ha constatado que en la ficha del puesto de trabajo de Arquitecto se contenían algunos errores o datos que no se corresponden con la regulación actualmente vigente, fruto del paso del tiempo.
A través de la modificación objeto del expediente se busca también hacer una corrección a la ficha del puesto de trabajo para adaptarla tanto a la actual normativa como a la situación real del puesto de trabajo.
TERCERO.- Notificar el presente Acuerdo a los órganos de representación del personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Alovera, así como a las organizaciones sindicales participantes en la Mesa General de Negociación del Ayuntamiento.
CUARTO.- Publicar íntegramente la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alovera [https://alovera.sedelectronica.es], debiendo, asimismo, ser objeto de publicación en el Portal de Transparencia.
QUINTO.- Remitir una copia de la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo a la Administración del Estado y al órgano competente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha>>.
Contra dicho Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se podrá interponer uno de los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido (salvo que se trate de un acto dictado por delegación, en cuyo caso corresponderá la resolución al órgano delegante), en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este Acuerdo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Guadalajara, en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente al de la desestimación presunta.
b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Guadalajara, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este Acuerdo.
En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente.
En Alovera, a 19 de abril de 2024. La Alcaldesa, María Purificación Tortuero Pliego.