AYUNTAMIENTO DE EL CASAR
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se publica el presente anuncio en relación con la organización de la Corporación Municipal del Ayuntamiento de El Casar:
1.- Resolución de Alcaldía número 2024/618 de fecha de firma 24/02/2024 sobre ampliación de competencias en dos concejalías:
Con fecha 26 de junio de 2023 se dictó Decreto de Delegación de competencias de esta Alcaldía y con el objeto de ordenar y facilitar la gestión de los asuntos municipales, se considera necesario ampliar las áreas de las competencias delegadas, según el siguiente detalle:
Por lo que en uso de las facultades que me confiere el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y los artículos 43,44, 120 y 121 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales y demás concordantes de aplicación, y sin perjuicio de la facultad que corresponde a esta Alcaldía de recibir información de la gestión de las competencias delegadas, esta Alcaldía HE RESUELTO:
PRIMERO DELEGAR EN LA SRA. CONCEJALA Dª OLGA GONZÁLEZ RAMÍREZ, LAS ÁREAS DE:
- Sanidad
- Consumo
- Relaciones con las entidades Urbanísticas de Conservación y Comunidades de Propietarios, incluida la representación de este Ayuntamiento en los órganos colegiados de las mismas, conforme a la normativa vigente.
- Relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones religiosas.
SEGUNDO: DELEGAR EN EL SR. CONCEJAL D. DAVID MORENO NIETO, LAS ÁREAS DE:
- Medio Ambiente Rural, que comprende entre otras: Mantenimiento, conservación y mejora de los caminos de competencia municipal y reforestación y limpieza de los montes y espacios naturales
- Recogida de animales
- Agricultura
- Relaciones con el ciudadano sobre el estado de las infraestructuras municipales: Obras y servicios
TERCERO: El presente acuerdo se remitirá al BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA, para su publicación en el mismo, y publicar igualmente el presente acuerdo en el tablón de edictos del Ayuntamiento, siendo efectivo desde el mismo momento de su firma
CUARTO: En todas las demás competencias y delegaciones se mantienen los Decretos vigentes.
QUINTO: Se dará cuenta al Pleno de la presente resolución en la primera sesión que se celebre. Lo que se hace público a los efectos procedentes.
En El Casar a 21 de Febrero de 2024. El Alcalde, José Luis González Lamola.