AYUNTAMIENTO DE MALAGUILLA
421
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 25/11/2023, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y 13.1 Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Entidades Locales, adoptó el siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Establecer el pago de una indemnización de sesenta (60 €) euros, a la que se le aplicará la retención de IRPF marcada por ley, por la asistencia efectiva de los/las concejales a cada uno de los Plenos Corporativos que se celebren durante la actual legislatura, cuando no perciban retribución por su dedicación exclusiva o parcial en este Ayuntamiento.
Por la asistencia efectiva a las Comisiones Informativas, los/las Concejales que formen parte de las mismas, tendrán derecho a una indemnización de 30 euros, siempre que su celebración no coincida con el día de celebración de un Pleno.
SEGUNDO. El presente acuerdo será de aplicación a partir del 1 de enero de 2024.
TERCERO.- Que dicha indemnización se abone a la cuenta que designe cada concejal.
CUARTO.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75.5 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, deberá publicarse extracto del presente acuerdo en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Malaguilla, a 12 de enero de 2024. Fdo. El Alcalde-Presidente: Ángel Aparicio Plaza