AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA TORRE
406
Por resolución de Alcaldía, número 2024-092, de fecha 31 de enero de 2024 se ha decretado la contratación de la persona que, finalizado el proceso de estabilización correspondiente, va a ocupar una plaza de Técnico/a de Información y Participación Ciudadana, siendo:
MARIA DEL PILAR ZUDAIRE ESTEBAN DNI. 0309****
Características del Puesto:
PUESTO |
Técnica/o de Información y Participación Ciudadana |
ESCALA |
Personal Laboral |
GRUPO |
A2 (asimilado) |
N.º PLAZAS |
1 |
TURNO |
Acceso Libre |
SUELDO |
A2 |
TRIENIOS |
A2 |
C. DESTINO |
Nivel 24 |
C. ESPECÍFICO |
575 Puntos RPT |
La candidata seleccionada que deberá formalizar el contrato de trabajo, en un plazo máximo de 15 días desde su notificación y, en todo caso, antes del 15 de febrero, la incorporación será en la modalidad de fijo conforme a lo establecido en los artículos 15 y 16 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, en las condiciones de jornada indicadas en el apartado anterior.
Contra la Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Villanueva de la Torre, a 31 de enero de 2024, Alcaldesa, Mª Sonsoles Rico Ordoñez