AYUNTAMIENTO DE JADRAQUE
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Habiéndose publicado con fecha 22 de Enero de 2024 las referidas bases, y una vez detectado error en los criterios de valoración recogidos en la Base 7 , por la presente se publica corrección a los efectos oportunos y para general conocimiento, quedando como sigue: Criterios de valoración de las personas candidatas:
1. A los solicitantes que acrediten que todos los miembros de la unidad familiar están desempleados se les otorgará 5 puntos.
2. A los solicitantes que acrediten grado de discapacidad se les otorgará la puntuación que a continuación se detalla:
Grado de discapacidad |
Puntos |
Igual al 33% |
0,5 |
Del 33% al 66% |
1 |
Del 66% en adelante |
2 |
3. A los solicitantes que acrediten la existencia en el núcleo familiar (convivientes empadronados en mismo domicilio) de personas dependientes se les otorgará 1 punto.
4. Valoración de la renta per cápita anual de la unidad familiar del solicitante:
Renta Familiar |
Puntos |
Hasta 3.000 euros |
4 puntos |
De 3.001 a 6.000 euros |
3 puntos |
De 6.001 a 10.000 euros |
2 puntos |
De 10.001 a 20.000 euros |
1 puntos |
Más de 20.001 euros |
0 puntos |
5. Víctima de violencia de género con documentación acreditativa de tal circunstancia 1 punto. La identidad de las mujeres víctimas de violencia de género se protegerá en el proceso selectivo, mediante la seudonimización de sus datos identificativos
6. - Demandantes de empleo que superen el periodo de permanencia en esa situación:
- Más de 30 días por encima de los 360 dentro de los 540 días anteriores a la fecha de registro de presentación de la oferta en la oficina de empleo 1 punto.
- Más de 60 días por encima de los 360 dentro de los 540 días anteriores a la fecha de registro de presentación de la oferta en la oficina de empleo 2 puntos
En Jadraque, a 22 de enero de 2024. Fdo.: El Alcalde Presidente, D. Hector Gregorio Esteban