AYUNTAMIENTO DE VALDENUÑO FERNÁNDEZ
4528
Por Acuerdo del Pleno de fecha 28 de noviembre de 2023 se aprobó definitivamente la modificación de la tasa por expedición de documentos, cuyo texto modificado integro se publica a los efectos del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Aprobar provisionalmente la modificación del ARTICULO 6 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por expedición de documentos que quedaría de este modo:
CONCEPTO |
IMPORTE |
CERTIFICACIONES Y COMPULSAS |
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1. Certificación de documentos o Acuerdos municipales |
1€ |
2. Compulsa de documentos municipales con datos personales disociados |
4,81€ por hoja |
3. Compulsa de documentos municipales sin datos personales disociados |
1€ por hoja |
3. Otros certificados |
1€ |
4. Expedición de certificaciones catastrales – PUNTO INFORMACION CATASTRAL |
1€ |
DOCUMENTOS EXPEDIDOS POR LAS OFICINAS MUNICIPALES |
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1. Informes legalidad o antigüedad de fincas-parcelas-construcciones- |
30€ |
2. Informes correspondencia de parcelas- fincas-polígonos-calles: |
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1-4 parcelas |
60€/parcela |
5-10 parcelas |
50€/parcela |
11-20 parcelas |
40€/parcela |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla La mancha con sede en Albacete.
En Valdenuño Fernández a 29 de diciembre de 2023, Luis Miguel Rodríguez Espinosa