AYUNTAMIENTO DE PINILLA DE MOLINA
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos 2/2023 mediante crédito extraordinario financiado con el RTGG, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo: ,
Altas en aplicaciones de gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos |
Crédito |
Créditos |
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Progr. |
Económica |
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920 |
226 |
Gastos diversos |
0 euros |
15.788,72 euros |
15.788,72 |
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TOTAL |
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15.788,72 euros |
15.788,72 |
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de tesorería en los siguientes términos:
Aplicación: económica |
Descripción |
Presupuestado |
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Cap. |
Art. |
Conc. |
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870 |
Remanente Líquido de Tesorería para Gastos Generales. |
15.788,72 |
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TOTAL INGRESOS |
15.788,72 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de CLM con sede en Albalcete en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Pinilla de Molina a 27 de Diciembre de 2023. La Alcaldesa.Fdo:María Jesús Madrid Madrid.