AYUNTAMIENTO DE ABÁNADES
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario y suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Suplementos y créditos extraordinarios en Aplicaciones de Gastos
| Aplicación | Descripción | Créditos iniciales | Suplemento de crédito | Créditos | |
| Progr. | Económica | 
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| 130 | 623 | Administración general de la seguridad y protección civil. Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje | 10.000,00 € | 400,00 € | 10.400,00 € | 
| 1621 | 623 | Recogida de residuos. Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje | 0,00 € | 2.891,90 € | 2.891,90 € | 
| 338 | 22105 | Fiestas populares y festejos. Productos alimenticios | 1.250,00 € | 2.500,00 € | 3.750,00 € | 
| 338 | 22609 | Fiestas populares y festejos. Actividades culturales y deportivas | 3.500,00 € | 372,00 € | 3872,00 € | 
| 333 | 632 | Equipamientos culturales y museos. Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje | 1.016,82 € | 2.172,31 € | 3.189,13 € | 
| 920 | 212 | Administración general. Edificios y otras construcciones | 500 € | 3.500,00 € | 4.000,00 € | 
| 934 | 359 | Gestión de la deuda y la tesorería. Otros gastos financieros | 275,00 € | 125,00 € | 400,00 € | 
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 | TOTAL | 16.541,82 € | 11.961,21 € | 28.503,03 € | 
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de tesorería, en los siguientes términos:
Suplementos en Conceptos de Ingresos
| Aplicación: económica | Descripción | Euros | ||
| Cap. | Art. | Conc. | ||
| 8 | 870 | 87000 | Remanente de tesorería. Para gastos generales | 11.961,21 € | 
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 | TOTAL INGRESOS | 11.961,21 € | 
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Abánades, a 28 de diciembre de 2023. El Sr. Alcalde-Presidente, D. Jesús Ángel Layna Medina





