AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DEL CAMPO
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Se hace público que mediante Decreto de Alcaldía de fecha 22 de diciembre de 2023, la Alcaldía del Ayuntamiento de Cabanillas del Campo ha procedido a la aprobación de la Oferta de Empleo Público extraordinaria del ejercicio 2023, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.dos.4 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. De acuerdo con el anexo I de la resolución las plazas incorporadas a la oferta de empleo público extraordinaria son las siguientes:
DENOMINACIÓN PLAZA |
ESCALA |
SUBESCALA |
GRUPO /SUBGRUPO |
N.D. |
N.º DE PLAZAS |
SISTEMA DE ACCESO |
SISTEMA PROVISION |
ADMINISTRATIVO (SECRETARÍA) |
A.G. |
ADMINISTRATIVA |
C1 |
21 |
1 |
L* |
O.L./C-O |
TÉCNICO/A AUXILIAR DE INFORMÁTICA |
A.E. |
TÉCNICO AXULIAR |
C1 |
21 |
1 |
L* |
O.L./C.O. |
CONSERJE DE EDIFICIOS MUNICIPALES (FESTIVOS Y NOCHES) |
A.G. |
SUBALTERNA |
E |
14 |
1 |
L* |
O.L./C.O |
Este acto administrativo tiene carácter resolutorio y pone fin a la vía administrativa, pudiendo recurrirse de las siguientes formas:
- Interposición directa de recurso contencioso-administrativo: en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación o al de la publicación del acto, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en Guadalajara, de conformidad con los artículos 8.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA). No obstante, conforme al artículo 14.1. Segunda de esta Ley, cuando el recurso tenga por objeto actos en materia de responsabilidad patrimonial, personal, propiedades especiales y sanciones será competente, a elección del demandante, el juzgado o el tribunal en cuya circunscripción tenga aquél su domicilio o el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en Guadalajara, si bien la elección está limitada a la circunscripción del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
- Recurso potestativo de reposición alternativamente al recurso contencioso-administrativo: ante el señor Alcalde, en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o la publicación del acto, de conformidad con el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición en el caso de haberse interpuesto por haber transcurrido el plazo de un mes que es el máximo para dictarlo y notificarlo (artículos 24.1 y 123.2 LJCA).
- Asimismo, se podrá ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.
En Cabanillas del Campo a 22 de diciembre de 2023. Firmado: El Alcalde, José García Salinas