AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE ARGECILLA
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Por Acuerdo del Pleno de fecha 21 de noviembre de 2023, se aprobó la renovación de los cargos de la Comisión Local de Pastos de este Municipio, lo que se publica para el general conocimiento.
« 02. RENOVACION COMISION LOCAL DE PASTOS . A la vista de los siguientes antecedentes:
«Visto que con fecha 11 de octubre de 2023 la Alcaldía de este Ayuntamiento inició expediente para la renovación de la Comisión Local de Pastos de este Municipio por haberse celebrado elecciones municipales el pasado día 28 de mayo de 2023 .
Visto que con fecha 13 de octubre de 2023 , se solicitó a las organizaciones agrarias APAG y COAG , que emitieran propuesta para el nombramiento de los Vocales de la Comisión Local de Pastos.
Visto que con fecha 8 de noviembre , se recibió propuesta de la Asociación Provincial de Agricultores y Ganaderos (APAG) , no recibiéndose propuesta de la organizaciones agrarias COAG en relación al nombramiento de los Vocales.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.3 de la Ley 7/2000, de 23 de noviembre, de Ordenación del Aprovechamiento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras, el Pleno, adopta por UNANIMIDAD de los asistentes el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. Proceder a la renovación de la Comisión Local de Pastos de este Municipio con motivo de las últimas Elecciones Locales celebradas el día 28 de Mayo de 2023 .
SEGUNDO. El Presidente de la Comisión Local de Pastos será el Alcalde D. SANTOS ANDRÉS ANDRÉS , ejercerá de Secretario de la misma el funcionario del Ayuntamiento Mª CONCEPCIÓN MORENO MEDINA .
TERCERO. Nombrar a los siguientes miembros Vocales de la Comisión, de acuerdo a las propuesta formulada por los miembros de la Corporación :
1. D. AGUSTIN ANDRES ANDRES
2. D. ALFONSO BARANDA ANDRÉS
3. D. ISMAEL BARANDA JIMENEZ
— Vocales en representación de los ganaderos:
1. D. FRANCISCO ESTEBAN BARANDA
2. D. DAVID ANDRES LOPEZ
CUARTO. Notificar a los interesados su nombramiento como Vocales de la Comisión Local de Pastos ».
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Villanueva de Argecilla a 22 de noviembre de 2023.EL ALCALDE, SANTOS ANDRES ANDRÉS