CONSORCIO ENERGÉTICO DE LA CAMPIÑA DE GUADALAJARA
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Aprobado definitivamente, una vez que ha permanecido expuesto al público por un plazo de quince días hábiles, (BOP GU, núm. 204 de 27 de octubre de 2023) el expediente de Suplemento de Crédito 1/2023, sin que contra el mismo se haya presentado reclamaciones, se hace público a los efectos recogidos por los artículos 169 y 177 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas locales.
Queda elevado a definitivo el acuerdo, que se hace público resumido por capítulos.
Expediente de Suplemento de Crédito nº 1/2023, con destino a la realización de los siguientes gastos:
Capítulo |
Descripción |
Importe (€) |
4 |
Transferencias corrientes |
25.000,00 |
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25.000,00 |
Se financiarán con cargo a nuevos o mayores ingresos efectivamente recaudados sobre los totales previstos en algún concepto del Presupuesto corriente.
Contra la aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, por las personas y entidades a que hace referencia el artículo 171 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo.
En Azuqueca de Henares, a 21 de noviembre de 2023. Fdo. el Presidente del Consorcio Energético La Campiña de Guadalajara D. Nicolás Pericacho Díaz