DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL Y EMPLEO
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La Junta de Gobierno, de la Excma. Diputación Provincial, en sesión extraordinaria celebrada el treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés, adoptó el siguiente acuerdo:
“6.- EXPEDIENTE 2992/2023. AMPLIACIÓN PLAZO DE EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO Y REALIZACIÓN DE PROGRAMAS POR ASOCIACIONES DE MUJERES DE LA PROVINCIA DURANTE 2023.
El Presidente da cuenta de que mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de esta Diputación de fecha 9 de mayo de 2023 se aprueba la Convocatoria de subvenciones para el desarrollo y realización de programas por Asociaciones de Mujeres de la provincia de Guadalajara durante el año 2023. En su base cuarta se establece que “solo se considerarán subvencionables aquellos gastos que sean estrictamente necesarios para la realización de la actividad y respondan a la naturaleza y normal desarrollo de la misma y, se realicen y abonen entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2023”. De igual forma, en la base decimotercera se indica “la justificación de la subvención deberá efectuarse con fecha límite el 31 de octubre del ejercicio en curso”
Implementado el procedimiento de concesión de subvenciones, se aprueba propuesta de resolución provisional en sesión ordinaria de la Junta de Gobierno de fecha 8 de agosto de 2023. Ésta se publica en el B.O.P. nº 154 de 14 de julio, concediendo a los interesados un plazo de 10 días hábiles para formular alegaciones a la misma. La resolución definitiva, se aprueba por la Junta de Gobierno de Diputación en sesión ordinaria de fecha 7 de septiembre de 2023.
Las primeras remesas relativas al primer 50% de la ayuda no se abonan hasta el pasado 11 de octubre de 2023, por lo que, distintas Asociaciones manifiestan a este Servicio la imposibilidad material de realizar las actividades subvencionadas con fecha límite la establecida en la convocatoria.
Evaluadas las razones esgrimidas; visto el Informe favorable de la Jefa de Servicio de Bienestar Social y Empleo.
La Junta de Gobierno por cinco votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, acuerda:
Uno.- Aprobar la modificación de los siguientes epígrafes de la Convocatoria de subvenciones para el desarrollo y realización de programas por Asociaciones de Mujeres de la provincia de Guadalajara durante el año 2023:
- El quinto párrafo de la base cuarta de la convocatoria debe quedar
Solo se considerarán subvencionables aquellos gastos que sean estrictamente necesarios para la realización de la actividad y respondan a la naturaleza y normal desarrollo de la misma y, se realicen y abonen entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2023. Se considerará financiable la adquisición de los materiales necesarios para el desarrollo de la actividad siempre que estos sean fungibles.
- El segundo párrafo de la base decimotercera de la convocatoria debe quedar
La justificación de la subvención deberá efectuarse con fecha límite el 30 de noviembre del ejercicio en curso. Transcurrido este plazo sin haberse presentado la misma, se requerirá a la entidad beneficiaria para que en el plazo improrrogable de 15 días hábiles la presente, con apercibimiento de que de no hacerlo se incoará el oportuno expediente de reintegro.
Dos.- Publicar en el BOP de Guadalajara, esta ampliación del plazo de ejecución y justificación del presente procedimiento de concesión de subvenciones.
Tres.- Los acuerdos sobre ampliación de plazos no serán susceptibles de recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
En Guadalajara, a 31 de octubre de 2023, El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, D. Jose Luis Vega Pérez