AYUNTAMIENTO DE ANQUELA DEL DUCADO
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Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Bajas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Créditos |
Créditos a transferir |
Créditos |
|
Progr. |
Económica |
|
|
|
164 |
625 |
39000€ |
1829.00€ |
37171.00€ |
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Créditos |
Créditos a transferir |
Créditos |
|
Progr. |
Económica |
|
|
|
920 |
625 |
0 |
1829.00€ |
1829.00€ |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla- La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Anquela del Ducado a 20 de octubre de 2023. El Alcalde- Presidente Sebastián Abánades Abánades