AYUNTAMIENTO DE PEÑALEN
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de M3/2023, de Suplemento de Crédito financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Suplementos en aplicaciones de gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Suplemento de Crédito |
Créditos |
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Progr. |
Económica |
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459 |
619 |
Infraestructuras - Inversiones |
40.000,00 |
20.500,00 |
60.500,00 |
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TOTAL |
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20.500,00 |
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Esta modificación se financia con cargo al Remanente Líquido de Tesorería, en los siguientes términos:
Suplemento en Concepto de Ingresos
Aplicación: económica |
Descripción |
Euros |
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Cap. |
Art. |
Conc. |
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8 |
7 |
0 |
Remanente Líquido de Tesorería |
20.500,00 |
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TOTAL INGRESOS |
20.500,00 |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Peñalen, a 2 de octubre de 2023. El Alcalde, Javier Cascajero Marco