AYUNTAMIENTO DE MOLINA DE ARAGÓN
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Resolución de Alcaldía n.º 2023-0788, de fecha 31 de agosto de 2023, del Ayuntamiento de Molina de Aragón por la que se hace pública la contratación como personal laboral fijo del Excmo. Ayuntamiento de Molina de Aragón, en la plaza de Técnico de Empleo, a jornada completa, Grupo A2//C1, incluida en la Oferta excepcional de Empleo Público de Estabilización de Empleo Temporal del Excmo. Ayuntamiento de Molina de Aragón, de Dña. MARIA RODRIGO MUNICIO, con D.N.I. ***6305**, de conformidad con la preceptiva propuesta del Tribunal Calificador, y con la Resolución del siguiente tenor literal:
“RESOLUCIÓN NOMBRAMIENTO DE PERSONAL LABORAL FIJO EN EL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN EMPLEO TEMPORAL, POR CONCURSO ENMARCADA EN LA LEY 20/2021 DE 28 DE DICIEMBRE DEL AYUNTAMIENTO DE MOLINA DE ARAGÓN (GUADALAJARA)
Mediante Resolución de Alcaldía nº 2022-0909, de 15 de diciembre de 2022, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, n.º 242, de fecha 22 de diciembre de 2022, se aprueban las Bases y convocatoria reguladoras del presente procedimiento de estabilización del empleo temporal en el Excmo. Ayuntamiento de Molina de Aragón, conforme a lo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Con fecha 6 de enero de 2023, se publicó en el Boletín Oficial del Estado n.º 5, resolución de 3 de enero de 2023, del Excmo. Ayuntamiento de Molina de Aragón, referente a la convocatoria para proveer varias plazas, donde se indica que el plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la citada Resolución.
Vista la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas y composición del Tribunal de la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de Concurso de Méritos, de UNA PLAZA DE TÉCNICO DE EMPLEO, a jornada completa vacante en la Plantilla de personal Laboral del Excmo. Ayuntamiento de Molina de Aragón (O.E.P. Excepcional de Estabilización de Empleo Temporal), publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, n.º 97, de 20 de mayo de 2022.
Visto que con fecha 24 de marzo de 2023, se reúne el Tribunal calificador del Concurso de méritos de la Oferta de Empleo Público Excepcional de Estabilización de Empleo Temporal en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, habiéndose publicado, en la misma fecha, el anuncio de valoración en la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Molina de Aragón, habiendo tenido entrada una alegación en el registro general de esta Administración, durante el plazo de los cinco días hábiles concedido al efecto y habiéndose reunido nuevamente el Tribunal Calificador resolviendo la alegación presentada, examinada la documentación que obra en el expediente, los aspirantes obtienen la puntuación recogida en el acta definitiva con fecha 28 de agosto de 2023.
Visto que se ha aportado y cotejado, dentro del plazo otorgado al efecto, los documentos originales acreditativos de los requisitos exigidos en la base tercera, de conformidad con lo establecido en la base decimoprimera, y de acuerdo con las competencias que en materia de personal atribuye al Alcalde el artículo 21.1 de la Ley 7/1985 reguladora de las Bases de Régimen Local, de 2 de abril,
RESUELVE:
PRIMERO.- Declarar a Dña. MARIA RODRIGO MUNICIO, con D.N.I. ***6305**, personal laboral fijo de este Ayuntamiento, tras la superación del procedimiento selectivo convocado para la provisión de una plaza de Técnico de Empleo, perteneciente a la plantilla de personal laboral fijo, Grupo A2//C1, a jornada completa, incluida en la Oferta excepcional de Empleo Público de Estabilización de Empleo Temporal del Excmo. Ayuntamiento de Molina de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la base decimoprimera de la convocatoria y con el acta de resultado final del Tribunal calificador.
SEGUNDO.- Formalizar la contratación de Dña. MARIA RODRIGO MUNICIO, con D.N.I. ***6305**, como Técnico de Empleo, perteneciente a la plantilla de personal laboral fijo, Grupo A2//C1, a jornada completa con las retribuciones básicas y complementarias asignadas al puesto en el anexo de personal del vigente presupuesto municipal y en la Relación de Puestos de Trabajo.
TERCERO.- Dar cuenta de ésta resolución a la persona interesada, advirtiendo que de no acudir, sin causa justificada, a suscribir su contrato de trabajo en el plazo señalado, o a la toma de posesión de su nombramiento, perderá todo derecho que pudiere haber adquirido, pudiendo ser llamada la siguiente persona candidata por orden de puntuación de la calificación final.
Las personas nombradas o contratadas, deberán tomar posesión en el plazo máximo de tres días naturales si no implica cambio de residencia de la persona empleada, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión o contratación deberá computarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios o de aceptación del contrato se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
Efectuada la toma de posesión o la suscripción, el plazo posesorio o el equivalente en el caso de la contratación, se considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia voluntaria o excedencia por cuidado de hijos una vez transcurrido el primer año.
CUARTO.- Dar cuenta de esta resolución a la Intervención Municipal de Fondos y al Departamento de Personal a los efectos legales y reglamentarios.
QUINTO.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y en la sede electrónica del Ayuntamiento (https://molina-aragon.sedelectronica.es/info.0).
SEXTO.- Informar de la contratación a la representación legal de los empleados, a los efectos que procedan.”
Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, ante Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Molina de Aragón a 31 de agosto de 2023 , Fdo. El Alcalde, D. Francisco Javier Montes Moreno.