AYUNTAMIENTO DE BRIHUEGA
2801
Aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito financiado con nuevos o mayores ingresos efectivamente recaudados sobre los totales previstos en el presupuesto corriente, lo que se publica a los efectos del art. 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Suplemento en aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Modificaciones de crédito |
|
Progr. |
Económica |
|||
150 |
210.00 |
Administración General de Vivienda y Urbanismo. Mantenimiento pueblos |
35.000,00 |
26.806,56 |
150 |
212.00 |
Administración General de Vivienda y Urbanismo. Reparaciones, mantenimiento y conservación |
40.000,00 |
35.575,00 |
150 |
213.00 |
Administración General de Vivienda y Urbanismo. Reparación y mantenimiento de maquinaria municipal |
15.000,00 |
4.000,00 |
150 |
221.03 |
Administración General de Vivienda y Urbanismo. Combustible |
50.000,00 |
45.000,00 |
150 |
22104 |
Administración General de Vivienda y Urbanismo. Vestuario |
8.000,00 |
2.504,56 |
165 |
221.00 |
Alumbrado público. Energía eléctrica |
300.000,00 |
58.000,00 |
171 |
210.00 |
Parques y jardines. Mantenimiento, recuperación y ornato |
20.000,00 |
10.000,00 |
1532 |
619.00 |
Pavimentación de vías públicas. Otras inversiones de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general |
130.833,59 |
63.129,68 |
150 |
609.00.01 |
Administración General de Vivienda y Urbanismo. Otras inversiones nuevas en infraestructuras y bienes destinados al uso general. Brihuega |
5.000,00 |
7.665,35 |
150 |
619.01 |
Administración General de Vivienda y Urbanismo. Otras inversiones de reposición de infraestructuras y bienes destinados al uso general. Brihuega |
76.000,00 |
35.445,81 |
150 |
619.02 |
Administración General de Vivienda y Urbanismo. Otras inversiones de reposición de infraestructuras y bienes destinados al uso general. Pueblos |
8.000,00 |
61.528,87 |
150 |
625 |
Administración General de Vivienda y Urbanismo. Mobiliario |
2.800,00 |
11.624,98 |
171 |
619 |
Parques y jardines. Otras inversiones de reposición de infraestructuras y bienes destinados al uso general |
1.954,59 |
1.955,88 |
3321 |
220.01 |
Bibliotecas públicas. Prensa, revistas, libros y otras publicaciones |
4.500,00 |
500,00 |
334 |
227.99 |
Promoción cultural. Otros trabajos realizados por otras empresas o profesionales |
140.000,00 |
130.000,00 |
338 |
226.10 |
Fiestas populares y festejos. Fiestas pueblos |
45.000,00 |
10.000,00 |
338 |
226.11 |
Fiestas populares y festejos. Otros festejos |
42.000,00 |
40.000,00 |
340 |
227.99 |
Administración General de Deportes. Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales |
70.000,00 |
60.000,00 |
336 |
622.00 |
Protección y gestión del Patrimonio Histórico-Artístico. Edificios y otras construcciones |
15.000,00 |
33.009,65 |
342 |
619 |
Instalaciones deportivas. Otras inversiones de reposición de infraestructuras y bienes destinados al uso general |
25.000,00 |
22.653,25 |
920 |
220.00 |
Administración General. Ordinario no inventariable |
5.000,00 |
2.000,00 |
920 |
220.01 |
Administración General. Prensa, revistas, libros y otras publicaciones |
4.000,00 |
3.000,00 |
920 |
226.04 |
Administración General. Jurídicos, contenciosos |
35.000,00 |
40.000,00 |
920 |
227.06 |
Administración General. Estudios y trabajos técnicos |
10.000,00 |
13.445,00 |
920 |
227.99 |
Administración General. Otros trabajos realizados por otras empresas o profesionales |
133.556,70 |
46.000,00 |
TOTAL MODIFICACIÓN |
763.844,59 |
Esta modificación se financia con cargo a nuevos o mayores ingresos recaudados sobre los totales previstos en el presupuesto corriente, en los siguientes términos:
Suplemento en conceptos de Ingresos
Aplicación económica |
Descripción |
Previsiones iniciales |
Recaudado |
Nuevos o mayores |
||
Cap. |
Art. |
Conc. |
Impuesto de construcciones, instalaciones y obras |
80.000,00 |
591.610,10 |
511.610,10 |
2 |
29 |
290 |
||||
3 |
32 |
321 |
Licencias urbanísticas |
40.000,00 |
136.349,44 |
96.349,44 |
3 |
39 |
397.00 |
Canon por aprovechamientos urbanísticos |
0,00 |
155.885,05 |
155.885,05 |
TOTAL INGRESOS |
763.844,59 |
Según la Memoria de Alcaldía, queda acreditada la urgencia para aprobar la modificación de crédito dado que permite dotar de crédito presupuestario varias partidas con respecto a las cuales se prevén realizar actuaciones de forma inmediata y que no pueden demorarse para poder garantizar la correcta ejecución de los proyectos relacionados en la misma, así como proceder al pago de proveedores en cumplimiento de la normativa de morosidad.
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el art. 37.2, apartados a), b) y c), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
- El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
- La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que se ha verificado en el nivel correspondiente de la vinculación jurídica.
- Que el resto de los ingresos vienen efectuándose con normalidad, salvo aquéllos de carácter finalista.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el art. 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el art. 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Brihuega, a 4 de agosto de 2023. El Alcalde, D. Luis Manuel Viejo Esteban.