AYUNTAMIENTO DE VIANA DE JADRAQUE
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El expediente 26/2023 de modificación de créditos del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito, financiado con cargo al Remanente de Tesorería, del Ayuntamiento de Viana de Jadraque, ha quedado elevado a definitivo por falta de reclamaciones.
Habiéndose elevado a definitivo el expediente 26/2023 de modificación de créditos del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito, financiado con cargo al Remanente de Tesorería, del Ayuntamiento de Viana de Jadraque, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Estado de gastos
Aplicación |
Descripción |
Suplemento de crédito / Crédito extraordinario |
|
Progr. |
Económica |
|
|
337 |
609 |
Instalación de toldo |
6.413,00 |
161 |
619 |
Renovación de redes |
4.500,00 |
TOTAL |
10.913,00 |
Esta modificación se financia con cargo al Remanente líquido de Tesorería, en los siguientes términos:
Estado de Ingresos
Aplicación: económica |
Descripción |
Euros |
||
Cap. |
Art. |
Conc. |
||
8 |
87 |
870 |
Remanente líquido de Tesorería |
10.913,00 |
TOTAL INGRESOS |
10.913,00 |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla- Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Viana de Jadraque, 1 de agosto de 2023. La Alcaldesa, Fdo.- M.ª Rosario Mora Villamayor.